Tras la reciente puesta en marcha de la reforma laboral, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) oficializó este viernes la determinación de la tasa de interés pasiva. Esta medida se aplica de forma directa a los juicios laborales que se encuentran en trámite actualmente.
La resolución surge en cumplimiento estricto de lo establecido por el artículo 55 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral. Con este paso, el Gobierno busca unificar criterios en un área que históricamente ha generado controversias por la disparidad de cálculos judiciales.
Además de fijar la tasa, la autoridad monetaria publicó la serie estadística correspondiente para consulta pública. Este registro permite observar la evolución del indicador y garantiza que las partes involucradas cuenten con datos oficiales y actualizados diariamente.
Un punto clave de este anuncio es la habilitación de una calculadora online. Esta herramienta fue diseñada específicamente para facilitar el cálculo de los intereses en aquellos litigios laborales judicializados, permitiendo obtener montos precisos de forma inmediata.

La confirmación de la tasa pasiva tras la sanción de la reforma laboral
Según el comunicado oficial del organismo, la tasa definida surge del promedio ponderado de la tasa efectiva diaria. Este valor es el que las entidades financieras pagan habitualmente por los depósitos a plazo fijo en pesos a un término de 30 días.
En cuanto a la serie histórica, el BCRA confirmó que la tasa pasiva tendrá como fecha de inicio el 3 de junio de 1993. La actualización constante de esta serie busca que el parámetro se utilice de forma homogénea en todos los procesos judiciales del país.
La calculadora específica permite a los usuarios ingresar el monto inicial de la demanda y el período correspondiente. De esta manera, el sistema arroja automáticamente el valor actualizado bajo las nuevas normativas de la Ley de Modernización Laboral.
Es importante destacar que el ajuste informado por la calculadora contempla el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER). A este coeficiente se le suma una tasa efectiva anual del 3%, estableciendo así un marco de referencia claro para las liquidaciones.
Asimismo, la herramienta contempla el equivalente al 67% de CER+3. Esta distinción técnica responde a los incisos b y c del mencionado artículo 55, los cuales definen el techo y el piso legal para la determinación de intereses en el ámbito laboral.
La definición de esta tasa era uno de los hitos más esperados tras la aprobación de la reforma laboral. La falta de un parámetro uniforme generaba incertidumbre tanto en los trabajadores como en las empresas al momento de afrontar un proceso legal.
Desde el BCRA señalaron que el objetivo primordial de esta medida es dotar de mayor previsibilidad y transparencia al sistema. Al estandarizar el cálculo, se espera reducir la discrecionalidad y acelerar la resolución de las liquidaciones judiciales.
Finalmente, la implementación de este esquema estadístico pretende otorgar seguridad jurídica. Con reglas claras sobre el costo de los litigios, el mercado laboral cuenta ahora con una referencia técnica sólida para la resolución de sus conflictos.
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