El Gobierno nacional oficializó este viernes una profunda reforma del sistema de Verificación Técnica Vehicular (VTV) al aprobar modificaciones a la Ley de Tránsito y Seguridad Vial que eliminan la obligación de realizar la inspección exclusivamente en centros oficiales habilitados.
A partir de la entrada en vigencia del nuevo régimen, la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) podrá efectuarse en cualquier taller mecánico, concesionaria o empresa que acredite capacidad técnica y se encuentre inscripta en el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos.
La medida apunta a eliminar el esquema de exclusividad que regía hasta ahora y promover un sistema con mayor competencia entre prestadores.
Los objetivos de la reforma
Según informó el Poder Ejecutivo, la actualización del régimen busca:
- Simplificar los procesos administrativos.
- Ampliar la oferta de servicios para los usuarios.
- Garantizar el cumplimiento de las condiciones técnicas exigidas para la circulación.
- Mantener los estándares de seguridad vial mediante un sistema más flexible y eficiente.
De esta manera, el Gobierno pretende impulsar un modelo más competitivo e integrado, permitiendo que los conductores puedan elegir dónde realizar la inspección obligatoria.
La VTV podrá hacerse en el taller de confianza
Con el nuevo esquema, los propietarios de vehículos particulares, comerciales, de pasajeros, de carga, antiguos y especiales podrán realizar la revisión técnica en cualquiera de los establecimientos incorporados al nuevo registro nacional.
Esto significa que la inspección podrá efectuarse en el taller de confianza del usuario, siempre que el establecimiento cumpla con los requisitos técnicos establecidos por la normativa y figure inscripto en el registro oficial.
Cómo funcionará el nuevo registro
El Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos dependerá de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y funcionará de manera pública, gratuita y completamente digital, a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
La inscripción se realizará mediante una declaración jurada. Además, el procedimiento incorporará un mecanismo de habilitación provisoria automática en caso de que la administración no resuelva la solicitud dentro del plazo previsto, aunque posteriormente podrá efectuar los controles correspondientes.
El registro estará abierto a talleres mecánicos, concesionarias e importadores que acrediten la capacidad técnica necesaria para realizar inspecciones sobre todo tipo de vehículos.
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Nuevos plazos para la revisión técnica
La reforma también ratifica los plazos de las inspecciones obligatorias según el tipo y la antigüedad del vehículo.
Primera revisión
- Vehículos particulares 0 km: a los 5 años.
- Vehículos de transporte de cargas y pasajeros 0 km: hasta un máximo de 12 meses.
Revisiones periódicas
- Vehículos particulares de hasta 10 años: cada 24 meses.
- Vehículos particulares con más de 10 años: cada 12 meses.
- Vehículos destinados al transporte de cargas y pasajeros: cada 12 meses.
Se mantienen los controles técnicos
Pese a la apertura del sistema, el Gobierno aclaró que no se modificarán las exigencias técnicas para realizar las inspecciones.
Los establecimientos deberán contar con un Director Técnico responsable y cumplir con todos los procedimientos de revisión previstos en la normativa vigente, con el objetivo de garantizar que los vehículos continúen reuniendo las condiciones de seguridad necesarias para circular por la vía pública.
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