Según trascendió el fallo fue por unanimidad. Se trata de los recursos planteados por el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, y del expresidente del Colegio de Abogados, Jorge Rizzo.
La Corte Suprema de Justicia rechazó este martes dos demandas que reclamaban la inconstitucionalidad del mega DNU 70/23 del presidente Javier Milei. Según trascendió en medios nacionales, el fallo fue por unanimidad.
Se trata de los recursos presentados por el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, y del expresidente del Colegio de la Abogacía, Jorge Rizzo, según lo publicó el portal TN, este martes.
De acuerdo a lo que dice el fallo, los magistrados justificaron el rechazo porque no hallaron configurada la existencia de una “causa”, “caso” o “controversia” que corresponda al Poder Judicial de la Nación resolver en los términos del artículo 116 de la Constitución Nacional. “En virtud de las consideraciones precedentes, se desestima el recurso de queja interpuesto”, señalaron los ministros Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
Es la primera vez en que la Corte se pronuncia sobre planteos contra el DNU, a casi cuatro meses de su firma, el 20 de diciembre del 2023.
El presidente de la Corte, Horacio Rosatti, dijo la semana pasada que si la política no solucionaba sus problemas “en un plazo razonable” el máximo tribunal se iba a pronunciar. Ese plazo razonable, parece haberse cumplido de acuerdo con la interpretación de la Corte Suprema.
Cabe recordar que, hace una semana, el presidente Javier Milei opinó que “al menos tres jueces” de la Corte tienen una “posición bastante poco amigable” con el decreto de necesidad y urgencia n° 70/23. De acuerdo con el diario La Nación, Corte tomó nota entonces de los dichos del jefe de Estado, que por primera vez apuntó públicamente contra la mayoría que conforman Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, pero evitó responder. Hasta ahora que falló por unanimidad a favor del gobierno nacional.
Con su fallo, la Corte envió un mensaje hacia la interna del tribunal, agitada desde que Milei postuló al juez Ariel Lijo y al jurista Manuel García-Mansilla, el primero de estos promovido por el cuarto integrante del tribunal, Ricardo Lorenzetti, quien mantiene una fría relación con sus pares.
Aunque el tribunal no se pronunció sobre la validez del decreto, sí fijó las condiciones que deben cumplir las demandas contra el DNU: se requiere que exista un gravamen directo, es decir una afectación concreta. No alcanza con ser una provincia, un ciudadano o una asociación en desacuerdo con el decreto, sea que actúe en defensa de sus propios intereses o de intereses colectivos.
De acuerdo con el argumento de la Corte, más allá de la implicancia institucional, social o política, debe haber un interés concreto afectado por el DNU 70/23, pues los fallos no son en abstracto. La Corte no puede emitir pronunciamientos teóricos o consultivos.