El Gobierno de Brasil oficializó mediante el Decreto N.º 12.948, del 27 de abril de 2026, el Acuerdo sobre Localidades Fronterizas Vinculadas firmado por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay en diciembre de 2019. La normativa establece un marco de integración destinado a quienes viven en determinadas localidades fronterizas y mantienen una relación cotidiana con las comunidades del otro lado de la frontera.
Entre las ciudades alcanzadas se encuentran Puerto Iguazú y Foz de Iguazú, cuya vida cotidiana está atravesada por el tránsito permanente de vecinos, trabajadores, estudiantes y familias a través del Puente Internacional Tancredo Neves.
Uno de los principales instrumentos previstos por el acuerdo es el Documento de Tránsito Vecinal Fronterizo (DTVF). En Argentina, la credencial equivalente es la Tarjeta de Tránsito Vecinal Fronterizo (TVF), cuya emisión corresponde a la Dirección Nacional de Migraciones, mientras que en Brasil el documento es expedido por la Policía Federal.
La tarjeta es voluntaria y no reemplaza al DNI ni al pasaporte. Su función es acreditar que una persona reside dentro de una de las localidades contempladas y permitirle acceder al régimen especial de tránsito vecinal.
¿Quiénes pueden acceder?

El beneficio no está destinado a turistas ni a personas que ingresan ocasionalmente al país vecino. Está dirigido a ciudadanos de los países que forman parte del acuerdo que tengan domicilio dentro de los límites establecidos para las localidades fronterizas vinculadas.
En el caso de Iguazú, por lo tanto, no alcanza simplemente con residir en Misiones: es necesario tener domicilio en la localidad fronteriza contemplada por el régimen.
Para solicitar la tarjeta se requiere, en términos generales, un documento de identidad válido, comprobante de domicilio, documentación que acredite la ausencia de antecedentes penales y, cuando corresponda, fotografías y el pago de los aranceles establecidos.
La credencial tendrá inicialmente una vigencia de cinco años, con posibilidad de prórroga por otro período de igual duración. Posteriormente, según las condiciones fijadas por cada Estado, podrá otorgarse por tiempo indeterminado.
Trabajo, educación y salud
Uno de los principales objetivos del acuerdo es reconocer legalmente una dinámica que ya existe en numerosas ciudades fronterizas: personas que viven de un lado de la frontera pero trabajan, estudian o realizan actividades cotidianas en el otro.
Los titulares de la tarjeta podrán trabajar, ejercer oficios o profesiones en la localidad fronteriza del otro país, siempre de acuerdo con las leyes y requisitos correspondientes y con los derechos y obligaciones laborales y previsionales establecidos.
El régimen también contempla el acceso a establecimientos públicos de enseñanza, bajo condiciones de gratuidad y reciprocidad, y a servicios públicos de salud, de acuerdo con las condiciones previstas por cada país.
Además, una vez realizadas las adecuaciones de infraestructura necesarias, los titulares podrán acceder a carriles exclusivos o prioritarios en los puestos de control fronterizo, destinados específicamente a quienes cuenten con la documentación vecinal.
Compras y comercio fronterizo
El acuerdo también contempla operaciones dentro del régimen de comercio fronterizo de mercaderías y productos de subsistencia.
La posibilidad está orientada a bienes destinados al uso y consumo personal o familiar, como alimentos, artículos de higiene y limpieza, ropa, calzado, libros, revistas y otros productos que, por sus cantidades o características, no tengan finalidad comercial.
De esta manera, el régimen busca diferenciar las compras habituales de los habitantes de frontera de las operaciones comerciales destinadas a la reventa.
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También contempla vehículos
Los titulares de la tarjeta pueden solicitar además una identificación especial para sus vehículos particulares.
Una vez identificados, esos vehículos pueden circular dentro de la localidad fronteriza vinculada del otro país, aunque la autorización no implica que puedan permanecer de manera definitiva en territorio extranjero ni que queden exceptuados de las normas aduaneras.
Asimismo, deberán cumplir con las normas de tránsito del país donde circulen y contar con el seguro correspondiente para la zona fronteriza.
Una herramienta pensada para la vida cotidiana de Iguazú
La implementación del régimen adquiere especial relevancia para Puerto Iguazú, donde el cruce hacia Foz de Iguazú forma parte de la rutina de numerosos habitantes.
El acuerdo busca brindar un marco legal específico a una integración que ya existe en la práctica y facilitar actividades vinculadas con tránsito, trabajo, educación, salud y comercio.
Además, la normativa promueve la cooperación entre las ciudades fronterizas en áreas como salud, educación, prevención de enfermedades, transporte y planificación urbana, e incluso contempla la elaboración de planes de desarrollo conjunto.
En ese contexto, la Tarjeta de Tránsito Vecinal Fronterizo se presenta como una herramienta destinada a reconocer las particularidades de quienes viven en la frontera y se desplazan habitualmente entre Iguazú y Foz, diferenciando su situación de la de un visitante ocasional.
El objetivo de fondo es que la frontera deje de ser entendida únicamente como un punto de control y pueda contar con mecanismos específicos para acompañar la integración social y económica de las comunidades que viven a ambos lados del límite internacional.
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