La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo modificaciones en el régimen de importación temporaria de mercaderías destinadas al perfeccionamiento industrial, con el objetivo de optimizar los procedimientos operativos y fortalecer los mecanismos de control aduanero.
Los cambios fueron formalizados a través de la Resolución General 5854/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y forman parte de una estrategia orientada a simplificar y modernizar la gestión aduanera tanto para los operadores privados como para el propio organismo de control.
Nuevos plazos para solicitar prórrogas

Uno de los principales cambios establecidos por la normativa se refiere a los plazos para gestionar la extensión de permanencia de las mercaderías importadas bajo este régimen.
A partir de ahora, los importadores que necesiten acceder a una prórroga —que solo podrá otorgarse una vez— deberán presentar la solicitud mediante el sistema SITA con una anticipación mínima de 10 días hábiles antes del vencimiento del plazo original.
Además, la resolución dispone que el declarante deberá informar formalmente sobre el pedido a la aduana donde fue registrada la destinación suspensiva correspondiente.
Desde ARCA explicaron que esta modificación busca otorgar al servicio aduanero un margen razonable para planificar los controles y evaluar adecuadamente cada solicitud antes de su vencimiento.
Qué ocurrirá si la prórroga es rechazada
La normativa también contempla situaciones en las que el pedido de extensión sea denegado.
En esos casos, si la negativa se produce una vez vencido el plazo original de permanencia de la mercadería, el operador dispondrá de 20 días hábiles desde la notificación del rechazo para regularizar la situación aduanera.
La medida apunta a brindar previsibilidad a las empresas y evitar situaciones de incumplimiento inmediato derivadas de decisiones administrativas posteriores al vencimiento.
Cambios en el régimen de garantías
Otro de los aspectos modificados está vinculado a las garantías exigidas para las operaciones.
La resolución establece que solo será necesario reforzar la garantía cuando el monto total de los tributos correspondientes a una eventual importación para consumo —calculados sobre el saldo de mercadería pendiente más un 2% mensual por el tiempo de permanencia— supere el valor garantizado al momento de registrar la operación.
De esta manera, ARCA busca adecuar las exigencias a los riesgos reales de cada destinación, evitando requerimientos adicionales cuando no resulten necesarios.
Leé también: Causa YPF: La Justicia de Nueva York rechazó un pedido de los fondos demandantes y fortaleció la posición argentina
Mayor control sobre la documentación técnica
La nueva reglamentación también incorpora exigencias específicas respecto del Certificado de Tipificación de Importación Temporaria (CTIT), que deberá presentarse en formato físico al momento de solicitar la aprobación técnica y la fiscalización de las destinaciones.
Asimismo, el servicio aduanero verificará especialmente que:
- La relación entre insumos y productos finales coincida con lo establecido en el certificado.
- Las exportaciones o nacionalizaciones de mermas, residuos y sobrantes respeten los porcentajes declarados en el CTIT o en el Certificado de Tipificación y Clasificación (CTC).
Con estas modificaciones, ARCA busca fortalecer los mecanismos de control sobre el régimen de importación temporaria, al tiempo que procura agilizar los procedimientos administrativos y brindar mayor previsibilidad a los operadores industriales que utilizan esta herramienta para sus procesos productivos.
Reservas y turismo: cayó 42% el déficit de servicios en abril por una menor demanda de dólares para viajes al exteriorhttps://t.co/peSF1WQvYp pic.twitter.com/RrenSvRpnn
— Radio Up (@radioupar) June 3, 2026



//


