La Jueza Federal N.º 1 de Resistencia, Zunilda Niremperger, dictó este martes 11 de noviembre una sentencia clave en el marco del derecho a la verdad. El fallo reconoció que el secuestro y homicidio de Carlos Enrique Tereszecuk, ocurrido a comienzos de noviembre de 1976, constituye un crimen de Lesa Humanidad.
Durante la audiencia virtual participaron familiares, integrantes del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), representantes de la Fiscalía Federal, de la Secretaría de Derechos Humanos del Chaco y los abogados querellantes. La resolución también fue proyectada públicamente en La Casa por la Memoria de Resistencia, en el Aula Magna de la Facultad de Humanidades de Posadas y en el Espacio por la Memoria del ex Regimiento 9 de Corrientes.
El pedido de la familia Tereszecuk buscó reconstruir los hechos desde el derecho a la verdad, como forma de reparación histórica y social. Al finalizar la audiencia, Sofía Tereszecuk, sobrina del militante, expresó: “Conocer la verdad, por dolorosa que sea, nos permite cerrar un ciclo como familia y encontrar un poco de paz”.

La reconstrucción judicial del crimen
El fallo detalla que Carlos Tereszecuk fue secuestrado en los primeros días de noviembre de 1976 y trasladado a la Jefatura de Policía de Resistencia, donde funcionaba un Centro Clandestino de Detención bajo el control de fuerzas conjuntas de la Policía del Chaco y el Ejército Argentino.
Testimonios incorporados al expediente revelan que fue visto en grave estado de salud debido a las torturas sufridas, al punto de no poder mantenerse en pie. Otro detenido fue obligado a bañarlo por orden de los guardias.
La Justicia estableció que Tereszecuk fue asesinado y su cuerpo arrojado al río Paraná, donde fue hallado el 15 de noviembre de 1976 en la costa de Empedrado, Corrientes, a 70 kilómetros de Resistencia. Fue enterrado como NN y reidentificado en 2018 por el EAAF, cerrando así más de cuatro décadas de incertidumbre familiar.
El fallo encuadra el caso dentro de la persecución sistemática por razones ideológicas ejercida por el terrorismo de Estado, cuyo objetivo fue el exterminio de quienes eran considerados opositores al régimen militar.

La práctica sistemática del arrojo de cuerpos al Paraná
La sentencia también reconstruyó la metodología empleada por las fuerzas represivas de hacer desaparecer a sus víctimas arrojándolas al río Paraná. A partir de autopsias y testimonios, entre ellos el del médico forense de Empedrado, Dr. Otto Eliseo Manzolillo, y los informes del EAAF, se acreditó que esta práctica fue sistemática.
Los peritajes identificaron un patrón común: cuerpos desnudos, atados con alambres en manos y pies, con disparos de ejecución en el pecho o el cráneo, yemas de los dedos cortadas para impedir su identificación y cortes profundos en el abdomen para evitar que flotaran.
El EAAF logró identificar en esa zona del río los cuerpos de Rómulo Artieda (desaparecido del RI 9 de Corrientes en mayo de 1977), Julio “Bocha” Pereyra (víctima de la Masacre de Margarita Belén, en diciembre de 1976) y Carlos Tereszecuk.

Un paso más en la reconstrucción de la memoria colectiva
El reconocimiento judicial del asesinato de Carlos Tereszecuk como crimen de Lesa Humanidad y la confirmación de la sistematicidad del arrojo de cuerpos al Paraná fortalecen la búsqueda de justicia y verdad.
Este fallo no solo honra la memoria de las víctimas, sino que reafirma el compromiso de la sociedad argentina con el Nunca Más, aportando nuevas certezas al proceso de reconstrucción de la memoria histórica en el Nordeste argentino.



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