La Subsecretaría de Seguridad Social aprobó un nuevo índice combinado destinado a actualizar las remuneraciones históricas que se consideran para el cálculo de determinadas prestaciones previsionales. La medida alcanza a los trabajadores en relación de dependencia que cesen en su actividad desde el 31 de agosto de 2026 o que soliciten su beneficio previsional a partir del 1 de septiembre.
La decisión quedó formalizada mediante la Disposición 10/2026, publicada este miércoles 12 de agosto en el Boletín Oficial. La normativa fue emitida por la Subsecretaría de Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Capital Humano, y establece el indicador previsto por la legislación previsional para actualizar las remuneraciones mensuales percibidas durante la vida laboral.
Qué establece el nuevo índice previsional
El índice aprobado se aplica sobre los salarios históricos que forman parte de las variables utilizadas posteriormente para determinar el haber previsional. Su objetivo es actualizar esas remuneraciones de acuerdo con la metodología contemplada en la normativa vigente.
La medida no modifica el esquema de movilidad mensual de las jubilaciones que ya fueron otorgadas. Su alcance está relacionado específicamente con la actualización de las remuneraciones que se toman como referencia para calcular determinados beneficios previsionales.
El nuevo indicador fue confeccionado por la Dirección Nacional de Políticas de la Seguridad Social y quedó incorporado como anexo de la Disposición 10/2026.
Cómo se determina el índice combinado
El mecanismo tiene su origen en la Ley 27.609, que modificó la Ley 26.417 y estableció un índice combinado para la actualización trimestral de las remuneraciones contempladas en los artículos 24 y 97 de la Ley 24.241.
Para su elaboración se consideran dos componentes establecidos por la legislación previsional. Uno de ellos está relacionado con la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
El RIPTE permite observar la evolución de las remuneraciones imponibles de trabajadores registrados y estables. Se trata de salarios sobre los cuales se realizan aportes al sistema de seguridad social y que son utilizados como referencia dentro de la metodología de actualización.
Qué trabajadores quedan alcanzados
La disposición establece que el índice deberá utilizarse para actualizar las remuneraciones mensuales correspondientes a trabajadores en relación de dependencia que cesen a partir del 31 de agosto de 2026.
También alcanza a quienes soliciten su beneficio previsional desde el 1 de septiembre de 2026. En estos casos, el indicador permitirá actualizar los salarios históricos que intervienen en el cálculo del beneficio, conforme a las reglas previstas por el sistema previsional.
La aplicación del índice no implica, por sí misma, un cambio en las jubilaciones que ya están siendo percibidas, debido a que se trata de un mecanismo destinado a la determinación de prestaciones previsionales a partir de la actualización de remuneraciones computables.
Antecedentes de la metodología
La metodología para elaborar el índice combinado fue reglamentada mediante el Decreto 104/2021, que estableció que el organismo competente en materia de Seguridad Social debe confeccionar y publicar trimestralmente el indicador junto con los criterios utilizados para su elaboración. Posteriormente, la Resolución 3/2021 aprobó formalmente la metodología correspondiente.
Sobre esa base normativa, la Dirección Nacional de Políticas de la Seguridad Social confeccionó el índice correspondiente al nuevo período, que quedó incorporado a la disposición publicada este miércoles.
Cuándo entra en vigencia
La Disposición 10/2026 establece que el nuevo índice comenzará a aplicarse de acuerdo con los períodos definidos por la normativa y entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial, realizada el 12 de agosto de 2026.
De esta manera, el indicador será utilizado para actualizar las remuneraciones computables de los trabajadores alcanzados por la disposición al momento de determinar las prestaciones previsionales correspondientes



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