El Procurador General del Superior Tribunal de Justicia de Misiones, Carlos Jorge Giménez, presentó una acción de inconstitucionalidad contra el inciso 10 del artículo 48 de la Constitución Provincial, que impide votar a miembros de fuerzas de seguridad y defensa.
La presentación solicitó además la nulidad de las actas 1221/25 y 1223/25 del Tribunal Electoral, las cuales excluyen del padrón electoral a estos ciudadanos. Según pudo saber Radio Up, al acceder a la presentación judicial, nada tiene que ver con los expedientes iniciados por los partidos y frentes en relación a las decisiones del Tribunal Electoral.
En su escrito, Giménez afirmó que la prohibición de votar impuesta a personal de la Policía de Misiones, Servicio Penitenciario, Gendarmería, Policía Federal, Prefectura, Ejército, Liceo Naval y Seguridad Aeroportuaria constituye una violación a los principios de igualdad, participación política y derechos humanos consagrados en la Constitución Nacional y en tratados internacionales.
“La exclusión del padrón atenta contra los principios democráticos y de igualdad ante la ley. Es una restricción desproporcionada que debe ser removida”, señala la presentación.

Fundamentos constitucionales y precedentes
El Procurador citó el artículo 16 y 37 de la Constitución Nacional, además de tratados como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, para reforzar el derecho universal al sufragio.
Asimismo, recordó que el STJ ya se expidió en varias oportunidades sobre esta cuestión, declarando la inconstitucionalidad del mismo inciso en fallos previos (como las resoluciones N.º 447/06, 94-STJ-2013 y 25.115/2019), aunque sin efectos permanentes.

Urgencia y reincorporación inmediata
El procurador Giménez solicitó al Superior Tribunal que le dé tratamiento urgente y preferente despacho a la demanda, a fin de garantizar que los agentes excluidos sean reincorporados al padrón electoral antes de la confección definitiva y del despliegue de urnas.
“Velamos por la protección del derecho fundamental del pueblo misionero y la efectiva supremacía del bloque de constitucionalidad”, afirmó el Procurador en el cierre de su presentación.
Frases destacadas de Carlos Giménez:
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“La exclusión del padrón atenta contra los principios democráticos y de igualdad ante la ley.”
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“Es inconstitucional prohibir el voto a los miembros de las fuerzas de seguridad y defensa en actividad.”
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“El artículo 48 inciso 10 de la Constitución Provincial debe ser removido por resultar manifiestamente contrario al bloque de constitucionalidad.”
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“Este tipo de prohibiciones son inaceptables en un sistema republicano que reconoce derechos y libertades fundamentales.”
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“La ciudadanía es plena cuando el sujeto participa en el acto eleccionario. La privación del derecho al voto por la condición laboral es inconstitucional.”
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“Resulta necesario salvaguardar el principio de universalidad del sufragio.”
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“Velamos por la protección del derecho fundamental del pueblo misionero y la efectiva supremacía del bloque de constitucionalidad.”



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