La actualización semestral prevista por la legislación vigente llevará a un nuevo incremento del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias a partir de julio de 2026. De confirmarse las proyecciones inflacionarias para junio, los trabajadores en relación de dependencia tendrán un alivio fiscal durante la segunda mitad del año, ya que el piso salarial para comenzar a tributar aumentaría alrededor de un 16,5% a 17%.
La modificación surge de la última reforma aplicada a la cuarta categoría del tributo, que estableció la actualización automática de las escalas y deducciones en función de la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del semestre inmediato anterior. De esta manera, la evolución de la inflación se transformó en el principal factor para determinar quiénes quedan alcanzados por el impuesto y cuánto deben pagar.
La inflación definirá los nuevos valores
Las estimaciones privadas indican que la inflación de junio podría ubicarse por debajo del 2%, consolidando la desaceleración observada en mayo, cuando el índice oficial marcó un 2,1%. Con ese escenario, el acumulado inflacionario del primer semestre rondaría entre el 16,5% y el 17%.
Ese porcentaje será el que se aplique sobre las escalas vigentes durante el primer semestre de 2026. Cabe recordar que los valores actuales fueron definidos tomando como referencia la inflación acumulada durante la segunda mitad de 2025, que alcanzó aproximadamente el 14%.
Actualmente, un trabajador soltero sin hijos comienza a tributar Ganancias cuando percibe un ingreso neto mensual de aproximadamente $2.490.037,88, equivalente a unos $3.000.046 brutos.
Con la actualización prevista para julio, ese umbral subiría hasta cerca de $2,9 millones netos, mientras que el salario bruto necesario para quedar alcanzado por el impuesto ascendería a aproximadamente $3,49 millones.

Cómo quedarían los nuevos pisos de Ganancias
A la espera de la publicación del dato oficial de inflación de junio, las proyecciones anticipan los siguientes valores de referencia:
Trabajador soltero sin hijos
- Salario bruto: alrededor de $3.495.000
- Salario neto: alrededor de $2.900.000
Trabajador casado sin hijos
- Salario bruto: aproximadamente $4.062.000
- Salario neto: cerca de $3.371.000
Trabajador casado con dos hijos
- Salario bruto: alrededor de $4.644.000
- Salario neto: aproximadamente $3.847.000
Estos montos constituyen los umbrales a partir de los cuales comienza a generarse la obligación tributaria, aunque el impacto efectivo dependerá de las deducciones computables y de la situación particular de cada contribuyente.
Un alivio parcial para los asalariados
La actualización de las escalas busca evitar que la inflación empuje a más trabajadores dentro del impuesto únicamente por aumentos salariales destinados a recomponer el poder adquisitivo. Sin embargo, especialistas advierten que, aun con los ajustes automáticos, muchos contribuyentes continúan enfrentando una presión tributaria significativa debido a que las negociaciones paritarias suelen intentar acompañar o superar la inflación.
El incremento del mínimo no imponible permitirá que algunos asalariados dejen de tributar o reduzcan el monto retenido mensualmente, especialmente aquellos cuyos ingresos se encuentran cerca de los actuales límites.
Qué ocurre si el empleador descontó de más
Uno de los aspectos que genera consultas recurrentes entre los trabajadores es la posibilidad de haber sufrido retenciones superiores a las que finalmente correspondían.
Esto sucede porque el Impuesto a las Ganancias tiene carácter anual. A lo largo del año, las empresas actúan como agentes de retención y calculan los descuentos sobre la base de la información disponible en cada período.
Según explicó el tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, si durante el año se efectuaron descuentos mayores a los que correspondían tras la actualización de escalas y deducciones, la devolución se realiza posteriormente mediante la liquidación anual.
En consecuencia, los trabajadores que hayan tenido retenciones excesivas podrán recuperar esos importes cuando se efectúe el ajuste definitivo correspondiente al ejercicio fiscal.
ARCA intensifica los controles sobre las deducciones
Mientras se esperan los nuevos valores del impuesto, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reforzó las auditorías sobre las deducciones informadas por empleados en relación de dependencia.
El organismo analiza especialmente casos donde los montos declarados resultan inusualmente elevados en comparación con los ingresos o con los parámetros habituales de cada actividad.
Entre las deducciones más utilizadas figuran las correspondientes a cónyuge, hijos, hijos con discapacidad y alquileres. También pueden computarse determinados gastos vinculados al trabajo cuando son afrontados por el empleado y resultan indispensables para el desempeño de sus funciones.
Uno de los rubros que despertó mayor atención por parte de los fiscalizadores es el de indumentaria laboral. La normativa permite deducir gastos de vestimenta cuando existe una exigencia específica relacionada con el trabajo y el empleador no cubre ese costo.
Sin embargo, ARCA detectó situaciones que considera atípicas, incluyendo declaraciones de empleados jerárquicos con gastos de vestimenta que habrían alcanzado cifras cercanas a los $31 millones, lo que motivó revisiones y pedidos de documentación respaldatoria.

Un semestre clave para la carga tributaria
La actualización de julio marcará un nuevo escenario para miles de trabajadores argentinos. Si las previsiones inflacionarias se confirman, el aumento del mínimo no imponible permitirá aliviar parcialmente la carga fiscal sobre los salarios formales y reducirá la cantidad de contribuyentes alcanzados por el tributo.
No obstante, el impacto definitivo dependerá de la evolución de los salarios, de las futuras negociaciones paritarias y del comportamiento de la inflación durante el segundo semestre, variables que continuarán definiendo la relación entre ingresos y presión tributaria en la Argentina.
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