El Gobierno nacional volvió a postergar parte de los aumentos en los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, previstos en la Ley 23.966, mediante el Decreto 74/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial. La decisión, según se desprende del texto oficial al que accedió la Agencia Noticias Argentinas, apunta a aplicar los incrementos de manera parcial y escalonada, extendiendo el cronograma original establecido para comienzos de 2026.
La norma modifica el Decreto 617/2025 y sus sucesivas actualizaciones, que habían fijado para el 1° de febrero de 2026 la entrada en vigencia plena de los incrementos pendientes derivados de las actualizaciones correspondientes a 2024 y a los tres primeros trimestres de 2025, tanto para naftas como para gasoil.

Aumentos parciales y escalonados en naftas y gasoil
Con el nuevo esquema, el Poder Ejecutivo resolvió avanzar con una aplicación gradual de los tributos, con el objetivo declarado de “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”. La medida alcanza a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, productos clave en la estructura de costos del transporte y la logística.
Para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 28 de febrero de 2026, el decreto fija un incremento del impuesto a los combustibles líquidos de $16,773 por litro para las distintas naftas y de $14,372 por litro para el gasoil. En paralelo, se actualiza el impuesto al dióxido de carbono, que aumenta $1,027 para las naftas y $1,638 para el gasoil.
Tratamiento diferencial para la Patagonia
En el caso del gasoil destinado al consumo en la Patagonia, así como en Malargüe y el partido bonaerense de Patagones, el decreto contempla un tratamiento diferencial. Para esas regiones, se establece un incremento adicional de $7,782 en el monto fijo actualizado del gravamen previsto en el artículo 7°, inciso d), de la Ley 23.966, manteniendo el esquema de compensaciones históricas para zonas con mayores costos logísticos y climáticos.

Nueva fecha para la aplicación total de los incrementos
Otro de los puntos centrales del decreto es la modificación de la fecha de entrada en vigencia plena de los aumentos pendientes. El artículo 1 del Decreto 617/2025 es reemplazado y la fecha se traslada del 1° de febrero al 1° de marzo de 2026, extendiendo así por un mes más el cronograma de aplicación total de los tributos.
La medida fue firmada por el presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo, y comenzará a regir desde el 1° de febrero de 2026 inclusive, de acuerdo con lo establecido en el texto oficial.
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