Mientras continúa la indefinición en torno al armado de la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, el mega decreto que firmó el presidente deberá cumplir con una serie de pasos para quedar vigente.
El presidente Javier Milei hizo una apuesta arriesgada con el mega DNU para desregular la economía, con más de 300 artículos que modifican y derogan leyes nacionales, pero el decreto de necesidad y urgencia deberá pasar por una serie de instancias para quedar firme. Tiene a su favor la historia: nunca un DNU terminó siendo rechazado por los legisladores. Pero en su contra, Milei padece de una minoría extrema del oficialismo “libertario” en ambas cámaras, y la magnitud de este decreto, que ha despertado una repercusión inédita.
El recorrido que le espera a este DNU comienza por la constitución de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo, que es donde se analizan este tipo de iniciativas a su llegada al Congreso. Esta comisión no ha sido constituida aún, y si bien desde fuentes oficiales habían adelantado que el armado de la misma era “inminente”, aún no se concretó.
Fuentes parlamentarias consultadas por parlamentario.com aclararon este jueves que no pueden “informar sobre plazos”, y que no se está trabajando solo en base al mega DNU anunciado por Milei este miércoles.
Lo cierto es que la conformación de la bicameral es el primer escollo que debe sortear el oficialismo, pues hay una encarnizada discusión en la materia con Unión por la Patria, que reclama tener en la misma 4 diputados y 4 senadores. En ambos casos hay una discusión aritmética. La Ley 26.122, que rige el régimen legal de los decretos de necesidad y urgencia establece que la bicameral debe estar integrada por 8 integrantes designados por el presidente de sus respectivas cámaras, a propuesta de los bloques parlamentarios respetando la proporción de las representaciones políticas.
Cada Cámara ha resuelto de forma diferente la conformación de las comisiones. En Diputados, el bloque Unión por la Patria impuso su criterio, para que eso se defina en base a los bloques. Al contrario, en el Senado, prevaleció el criterio de La Libertad Avanza y los aliados del resto de los bloques, menos UP, para conformar las comisiones en base a las mayorías alcanzadas. En la Cámara alta, son 39 contra los 33 de Unión por la Patria.
Las cuentas mostrarían que el 45% que representa UP debería ser compensado con 3,6 senadores, pero el espíritu de la presidencia de la Cámara sería redondear para abajo, y dejarle al kirchnerismo 3 senadores en esa bicameral. El resto sería repartido entre La Libertad Avanza, los radicales y el Pro.
Por su parte, en Diputados, si bien la cuenta da que el 40% que representan los 102 diputados de UP significarían 3,2 diputados, el bloque de Germán Martínez tendría más chances de sentar 4 diputados en la Bicameral de DNU. No es seguro que el oficialismo cuente con las firmas del resto de sus circunstanciales aliados para esta ocasión. En todo caso, será clave quién tendrá la presidencia de la comisión, cuyo voto vale doble.
La presidencia es alternativa y corresponde un año a cada Cámara: ahora le toca al Senado. Allí habría un principio de acuerdo para darle la presidencia a un radical.
Los dictámenes se conforman con la firma de la mayoría absoluta de sus miembros y en caso de que haya más de un dictamen con igual número de firmas, el de mayoría es el que lleva la firma del presidente.
De todos modos, lo que suceda en la Bicameral de DNU no es determinante. El oficialismo “libertario” puede alzarse con el dictamen de mayoría, pero eso no implica que tenga los votos después en alguna de las dos cámaras para confirmar su aprobación. Ahí, en el recinto, es donde se juega el destino del decreto en cuestión.
El inciso 3 del artículo 99 de la Constitución Nacional prevé que “solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos”, el Poder Ejecutivo “podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia”.
A continuación, se aclara que el jefe de Gabinete deberá remitir el decreto al Congreso y “dentro de los 10 días someterá la medida a consideración de la Comisión Bicameral Permanente, cuya composición deberá respetar la proporción de las representaciones políticas de cada Cámara”.
Esta comisión elevará su despacho en un plazo de 10 días al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, el que de inmediato considerarán las cámaras.
De acuerdo con la Ley 26.122, se establece que esta comisión no sólo revisa los decretos de necesidad y urgencia, sino también aquellos de delegación legislativa y promulgación parcial de leyes.
Cabe aclarar que, para quedar avalado, un DNU requiere del voto de una sola cámara. Sin embargo, para ser declarado inválido, se precisa que sea rechazado en ambas. De tal manera, es muy difícil que un decreto de necesidad y urgencia sea rechazado por el Congreso. Sobre todo, porque los tiempos consignados por la Constitución y las leyes no siempre se cumplen. En general, no se cumplen, y nada sucede.
Sin embargo, no se puede garantizar que esto vaya a ocurrir con el mega DNU que desregula la economía y despierta un rechazo enfático y proclamado por parte de UP, y reparos muy fuertes en lo que fue Juntos por el Cambio: sólo un sector del PRO acompaña el decreto de Milei, mientras que los radicales, la Coalición Cívica y el bloque del Cambio Federal rechazan las formas en que se impulsó la mega reforma.
Por otra parte, cabe remarcar que la Bicameral de Trámite Legislativo lleva más de dos años sin reunirse. Por eso el 22 de noviembre pasado, un grupo de diputados de Juntos por el Cambio reclamaron reactivar la bicameral al presidente de esa comisión, el kirchnerista Marcos Cleri. Encabezados por el diputado del Pro Pablo Tonelli, los legisladores advirtieron en esa oportunidad que era la segunda nota de ese tenor que presentaban. Una referida a 66 decretos; la siguiente a 34. Según remarcaron los legisladores, son 100 los decretos que no han sido tratados.
De acuerdo con Parlamentario, la bicameral no se reúne desde el 6 de julio de 2021 para tratar expedientes. Solo hubo una reunión constitutiva el 30 de junio de 2022. La reunión sólo duró 10 minutos y se concretó únicamente para nombrar autoridades.