El Gobierno nacional autorizó una nueva actualización en los precios de los biocombustibles utilizados para la mezcla obligatoria con naftas y gasoil. Los incrementos alcanzan hasta el 2,07% y fueron establecidos por la Secretaría de Energía a través de las Resoluciones 306 y 307/2026, publicadas este lunes en el Boletín Oficial.
La medida contempla modificaciones en los valores mínimos de comercialización del biodiésel y del bioetanol, dos componentes que deben incorporarse a los combustibles fósiles de acuerdo con la normativa vigente.
La actualización se produce luego de que se postergara el ajuste de los impuestos a los combustibles. En ese escenario, el incremento de los biocombustibles podría sumar presión sobre los costos del sector y eventualmente reflejarse en los precios de los surtidores en las próximas semanas.
Los nuevos valores del biodiésel y el bioetanol
El mayor ajuste corresponde al biodiésel destinado a su incorporación obligatoria al gasoil. Su precio mínimo de adquisición aumentó un 2,07% y quedó establecido en $2.074.474 por tonelada.
El valor regirá para las operaciones correspondientes a agosto y se mantendrá vigente hasta que la Secretaría de Energía publique una nueva actualización que lo reemplace.
La resolución también estableció que el plazo máximo para cancelar las operaciones de compra de biodiésel será de siete días corridos, contados desde la fecha de emisión de la factura.
En cuanto al bioetanol, los incrementos fueron del 1,99% para las dos variedades contempladas en la normativa:
* Bioetanol de caña de azúcar: el precio mínimo pasó a $1.104,886 por litro.
* Bioetanol de maíz: el nuevo valor quedó fijado en $1.012,662 por litro.
Para estas operaciones, el plazo de pago no podrá superar los 30 días corridos desde la fecha de facturación.

Qué establece la normativa oficial
Las resoluciones publicadas por el Gobierno precisan que los valores determinados representan los precios mínimos para las operaciones de comercialización de biocombustibles en el mercado interno.
Además, los considerandos de la normativa recuerdan que la Secretaría de Energía tiene facultades para modificar esos montos cuando detecta diferencias entre los precios establecidos y los costos reales de producción.
También puede intervenir cuando los valores de los biocombustibles generan distorsiones sobre el precio final de los combustibles fósiles en los surtidores.
Con esta actualización, el Gobierno modificó los valores de referencia para los insumos que se utilizan en la composición de las naftas y el gasoil. El posible impacto sobre los consumidores dependerá de cómo evolucione la estructura de costos de las empresas y de las decisiones que adopten las petroleras en las próximas semanas.
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