El crecimiento del endeudamiento familiar, impulsado por préstamos bancarios, mutuales, tarjetas de crédito y billeteras virtuales, está generando cada vez más consultas judiciales.
Frente a ese escenario, las abogadas Daiana López y Eliana Oudin visitaron los estudios de Radio Up y explicaron cuáles son las herramientas legales disponibles para quienes ya no pueden afrontar sus deudas y compartieron un reciente fallo que consideraron un antecedente importante en materia de defensa del consumidor.
Las profesionales relataron el caso de una trabajadora que, luego de tomar sucesivos préstamos y refinanciar sus obligaciones con el mismo banco donde percibía su salario, terminó cobrando cero pesos todos los meses.
“Tuvimos una persona que era una consumidora que había tomado muchos préstamos en una entidad bancaria donde cobra su cuenta sueldo. Al haber tomado tantos préstamos y refinanciado sus propios préstamos, cobraba cero de su sueldo. No cobraba absolutamente nada, no veía un peso directamente”, explicaron.
La situación se agravaba por el estado de salud y el contexto familiar de la mujer.
“Lo planteamos como un caso de consumo hipervulnerable porque además es una persona que tiene una enfermedad oncológica y una hija con síndrome de Down”, indicó.
Un fallo que ordenó frenar los descuentos

Las abogadas promovieron una medida autosatisfactiva luego de que el banco rechazara el pedido de la clienta para suspender los débitos automáticos.
“Esta persona había pedido por carta documento el stop debit al banco. El banco se negó a darlo, siendo que no pueden negarse. Frente a eso presentamos la medida autosatisfactiva”, recordaron.
El resultado llegó antes del inicio de la feria judicial. “El viernes tuvimos una buena noticia. El juzgado hizo lugar a la medida y ordenó que el banco cese esos descuentos en un 39% del sueldo. Además, le aplicó daños punitivos”, destacaron.
Las letradas explicó que esa sanción busca desalentar conductas abusivas por parte de las empresas.
“Los daños punitivos son una sanción civil que se establece para quien actúa de manera contraria a la buena fe. Ese monto de la multa va directamente para el consumidor”, precisaron.
Y agregaron: “Para nosotros es muy positiva la sentencia porque no solamente se ordenó que cesen esos débitos automáticos, sino que también se estableció una multa al banco para que no vuelva a repetir esa conducta”.
“El profesional es el banco”

Consultadas sobre el límite legal de los descuentos sobre el salario, las abogadas aclararon que la normativa sobre inembargabilidad del sueldo rige para embargos judiciales, aunque remarcaron que eso no habilita a las entidades a ignorar un pedido de suspensión de débitos.
“Más allá de eso, el banco tendría que haber dado el stop debit cuando la clienta lo pidió y después reclamar esa deuda judicialmente”, sostuvieron.
Además, remarcaron la responsabilidad de las entidades financieras al momento de otorgar créditos.
“No nos olvidemos quién es el profesional. El profesional es la entidad bancaria, que evalúa cuál es tu situación crediticia y decide darte un crédito. Si consideró que podías tener tres préstamos, también va a ser responsabilidad de él cómo se cobra después esa deuda”, afirmaron.
Y resumieron la situación con una frase contundente: “Una persona no puede vivir cobrando cero pesos”.
La protección del consumidor
Por otra parte, explicaron que este tipo de planteos se sustentan en el principio protectorio previsto en la legislación de defensa del consumidor.
“Hay una parte que es la más débil, que es el consumidor. Hay un principio protectorio consagrado por la Constitución Nacional que es el bien que necesitamos tutelar y cuidar”, señalaron.
En este caso, dijeron, la vulnerabilidad económica se sumó a otras circunstancias personales.
“Se sumaron distintas situaciones. Además de la relación de consumo, era una paciente oncológica y tenía una situación familiar particular. El principio protectorio era lo principal a resguardar”.
Según indicaron, este tipo de medidas judiciales comienzan a multiplicarse en distintas provincias como respuesta al contexto económico.
“Este tipo de acciones se están tomando en distintas provincias, no solamente por estas cuestiones particulares sino también por la situación económica general del país”, afirmaron.
Qué hacer cuando los descuentos no cesan

Las especialistas coincidieron en que el primer paso siempre debe ser administrativo antes de acudir a la Justicia.
“Si tienen débitos automáticos, el primer paso es pedir el cese del débito automático, sea mediante una nota, una carta documento o cualquier medio fehaciente”, explicaron.
Y agregaron: “Una vez que tenemos la prueba de que se pidió el cese y no cumplieron, recién podemos utilizar la herramienta judicial para hacer cumplir sus derechos”.
La misma recomendación alcanza a servicios por suscripción, aplicaciones o plataformas digitales.
“Siempre tiene que haber una prueba de que pidieron la baja del servicio. Si siguieron debitando después de ese pedido, también se puede solicitar una medida judicial y aplicar daños punitivos”, sostuvieron.
Refinanciaciones y “letra chica”
Respecto al crecimiento de las refinanciaciones, las letradas advirtieron que muchas personas aceptan nuevas condiciones sin comprender el verdadero costo financiero.
“En los contratos de adhesión suele ocurrir que de manera automática se refinancian las deudas o que la persona no comprende todo lo que incluye ese refinanciamiento”, explicaron.
Las abogadas insistieron en que, una vez producido ese escenario, lo importante es dejar constancia del reclamo.
“Lo importante es poder pedir el cese, hacer el reclamo y tener una prueba fehaciente. Ahí queda en evidencia que no hay buena fe por parte de la entidad cuando el consumidor manifiesta que no puede seguir pagando en esas condiciones”.
También, remarcaron que muchas decisiones se toman bajo presión: “Uno, en un estado de vulnerabilidad, muchas veces no puede pensar con claridad. Esa decisión estuvo condicionada y eso también debe ser considerado”, sostuvo.
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Qué pasa si se deja de pagar
Sobre las consecuencias de la mora, confirmaron que las entidades financieras registran el comportamiento de cada deudor.
“El Banco Central tiene una Central de Deudores pública donde puede verse qué deudas tiene una persona, cuánto debe y en qué situación está. También figura la información sobre cheques rechazados. Y el Veraz también informa quiénes mantienen deudas”, explicó.
Sin embargo, aclararon que muchas veces las personas llegan a esa situación porque la carga financiera supera ampliamente su capacidad de pago.
“Son pequeños consumidores o empleados que viven de su salario y llega un momento en que no pueden hacer frente a sus propias deudas”, indicaron.
Incluso recordaron un reciente antecedente judicial: “Hay un fallo muy reciente de Chubut donde una persona sobreendeudada pidió su propia quiebra porque tenía voluntad de pagar, pero no podía hacerlo. El juzgado hizo lugar al planteo”.
Finalmente, ambas profesionales remarcaron que cada situación requiere un análisis particular.
“Cada caso es distinto y existen herramientas judiciales que pueden utilizarse, sobre todo cuando hay situaciones de hiper vulnerabilidad en relaciones de consumo”, concluyeron.
Educación financiera y ciudadanía digital serán obligatorias en las escuelas de Misiones https://t.co/3LO52fWqz5 pic.twitter.com/YtLQjtbnOv
— Radio Up (@radioupar) July 13, 2026



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