La Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Ciudad de Buenos Aires confirmó el último miércoles la competencia de la Justicia argentina para investigar crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela, al rechazar un nuevo pedido de nulidad y una solicitud de exención de prisión presentada por Justo José Noguera Pietri, ex comandante de la Guardia Nacional Bolivariana y exdirigente del régimen de Nicolás Maduro.
La decisión se conoció en un contexto judicial marcado por la reciente captura del propio Nicolás Maduro por parte de Estados Unidos en Caracas, donde fue indagado e imputado por narcotráfico, lo que motivó a la querella y al fiscal federal Carlos Stornelli a solicitar al juez federal Sebastián Ramos que tramite su extradición a Argentina en la causa por delitos de lesa humanidad.

Las causas que se tramitan en Argentina son por delitos cometidos en Venezuela desde el 2014
La causa que se tramita en suelo argentino investiga, bajo el principio de jurisdicción universal, ataques sistemáticos y generalizados contra la población civil venezolana desde al menos 2014. Ese principio, argumentó Stornelli, habilita a los tribunales argentinos a investigar y eventualmente juzgar hechos de extrema gravedad, como los denunciados, sin importar el lugar donde ocurrieron o la nacionalidad de los imputados o las víctimas.
La Cámara Federal analizó la apelación de la defensa de Noguera Pietri, que solicitaba la nulidad de toda la causa y pedía su eximición de prisión, planteos que ya habían sido rechazados por el juez Ramos en noviembre pasado. En su resolución, los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi ratificaron lo resuelto en primera instancia, reafirmaron la aplicación del principio de justicia universal y negaron cualquier beneficio que le permita al exjerarca chavista eludir una eventual detención.
La defensa, liderada por el abogado Fernando Sicilia, había argumentado que la Justicia argentina carece de competencia para intervenir y que la investigación debería llevarse adelante exclusivamente ante la Corte Penal Internacional (CPI). Los jueces, sin embargo, recordaron que esa cuestión ya fue resuelta en un fallo previo del mismo tribunal en 2024, cuando se confirmó la competencia de la jurisdicción argentina para avanzar en la investigación y eventual juzgamiento de los hechos denunciados.

Si bien los magistrados admitieron que esa competencia podría revisarse en el futuro si se comprobara la existencia de procesos efectivos en la CPI para evitar una posible doble persecución penal, reafirmaron que “los hechos denunciados revisten características de extrema gravedad que generarían lesiones a derechos humanos fundamentales” y que, por tanto, habilitan la intervención argentina sin dilación.
Crímenes de lesa humanidad
En materia de protección a las víctimas, la Cámara hizo lugar a un planteo de la querella -representada por Waldo Wolff y Tomás Farini Duggan, del Foro Argentino por la Democracia en la Región- y revocó una decisión anterior que había permitido a la defensa de Noguera Pietri acceder parcialmente al expediente antes de su declaración indagatoria. Los querellantes habían advertido que esa apertura podía poner en riesgo la integridad física de las víctimas frente a un imputado vinculado a los más altos niveles del poder venezolano.

Los camaristas también reiteraron la negativa a conceder la exención de prisión solicitada por Noguera Pietri, al señalar que permanece en libertad en Venezuela, continúa vinculado a estructuras de poder y enfrenta una alta expectativa de pena, factores que tornan improcedente ese beneficio.
Noguera Pietri es ex comandante de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela y antiguo gobernador del estado Bolívar. Está imputado junto al presidente Nicolás Maduro, el ministro de Justicia y Paz Diosdado Cabello y otras 12 personas por crímenes de lesa humanidad vinculados con hechos de represión en manifestaciones durante 2014. El año pasado había solicitado que se le aplique la ley de juicio en ausencia.
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