El Gobierno nacional oficializó ayer 4 de agosto la eliminación de restricciones fiscales sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a las Ganancias para las empresas radicadas en Tierra del Fuego, a través del Decreto 535/2025. La medida, publicada en el Boletín Oficial, tiene como objetivo fortalecer la competitividad de la industria fueguina, reducir costos en ventas internas y facilitar el acceso de sus productos al mercado nacional.
Hasta ahora, las operaciones realizadas desde el Área Aduanera Especial (A.A.E.) hacia otras partes del país eran consideradas como importaciones, lo que implicaba cargas fiscales adicionales. Con esta nueva disposición, esas compras serán reconocidas como operaciones internas, eliminándose sobrecostos por las ventas directas a consumidores finales a través de plataformas digitales, servicios de courier o Correo Argentino.
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Sin restricciones fiscales: una medida para dinamizar la industria y ampliar la oferta
El decreto argumenta la decisión “con el fin de remover los obstáculos que afectan la competitividad de la industria fueguina y asegurar una mayor oferta de los productos originados en dicha jurisdicción”. El objetivo principal, aducen, es estimular la actividad económica, reducir la carga impositiva y alentar la inversión en el polo industrial más austral del país, en el marco del régimen de promoción vigente.
Las restricciones eliminadas imponían límites al cómputo del crédito fiscal presunto en IVA, así como deducciones parciales en el Impuesto a las Ganancias, particularmente en operaciones con consumidores finales, empresas vinculadas o intermediarios. Según el Gobierno, estos condicionamientos “restaban competitividad” a los productos fabricados en Tierra del Fuego.
Además, el decreto vincula esta política con el Decreto 727/21, que prorrogó el régimen de promoción industrial fueguino hasta el 31 de diciembre de 2038. Las empresas que busquen acogerse a los beneficios deberán acreditar el origen de sus productos en el Área Aduanera Especial, conforme a la Ley 19.640.
Los electrodomésticos que se podrán adquirir desde Tierra del Fuego y sin IVA serán:
- Aires acondicionados
- Sistemas y equipos de audio en general
- Aspiradoras
- Batidoras
- Cafeteras
- Caloventores
- Notebook y netbook
- Cámaras fotográficas digitales
- Televisores
- Tablets
- Cassettes de audios
- Cuchillos eléctricos
- Depiladoras
- Despertadores
- Ecualizador
- Equipos de radiocomunicaciones móviles celulares
- Freidoras
- Hornos a microondas
- Juegos electrónicos de video con cassettes intercambiables
- Juegos electrónicos sin calculadoras
- Lavarropas
- Módems
- Monitores
- Multijugueras
- Radiorreceptores portátiles; receptores de tele y de radio
- Relojes electrónicos
Algo llamativo es que, dentro del Régimen Simplificado de Importación que quita restricciones, todavía no se encuentra habilitada la venta de heladeras sin IVA.
Empresarios alertan por suba del 5% en precios y caída en ventas. Advierten que el consumo baja y que algunos proveedores priorizan exportar. https://t.co/qKeebI099a
— Radio Up 95.5 (@radioup955) August 4, 2025



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