El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó a prisión perpetua a Alan Calixto Closs por el brutal crimen de Daniela Radke, ocurrido en mayo de 2023 en San Vicente.
El fallo del Tribunal, integrado por los jueces Francisco Aguirre, Horacio Paniagua y Jorge Villalba, coincidió con el pedido del fiscal subrogante David Milicich, quien sostuvo que la víctima fue abusada sexualmente y luego asesinada en un claro contexto de violencia de género.
Daniela Radke fue hallada sin vida el 5 de mayo de 2023 en una calle de San Vicente, con signos evidentes de violencia. La investigación concluyó que la causa de muerte fue asfixia por estrangulamiento. Las pruebas clave incluyeron imágenes de cámaras de seguridad y testimonios que vincularon a Closs con la víctima en sus últimas horas. Closs fue detenido tres días después del hecho en un inquilinato de la zona.

La postura del fiscal: “Ella no pudo consentir en ese estado”
En diálogo con Radio Up, el fiscal David Milicich sostuvo que la acusación se basó en la autopsia, peritajes toxicológicos y material obtenido del departamento del imputado. “Lo que se logró demostrar en el juicio fue lo que estaba planteado en el requerimiento de elevación, que incluía abuso sexual con acceso carnal y femicidio en concurso real”, afirmó el fiscal.
https://soundcloud.com/radioup-671297760/david-milicichUno de los elementos más relevantes fue el nivel de alcohol en sangre de Daniela, que alcanzaba 2,79, lo que indicaba un estado de semiinconsciencia. “En ese estado, es imposible consentir libremente un acto sexual. Por lo tanto, hubo abuso”, remarcó.
Durante el juicio, la defensa intentó instalar la versión de una relación sexual consentida, pero fue refutada con contundencia. “La cuartada del imputado cae por su propio peso”, sostuvo Milicich. La fiscalía también presentó filmaciones y el testimonio de ocho testigos, junto a la declaración del propio acusado.
La sentencia destacó que, aunque no había vínculo de pareja, el crimen se encuadró en violencia de género, algo que el fiscal consideró fundamental: “Muchas veces se confunde el femicidio con una relación previa. Aquí no eran pareja ni amigos. Eso no quita que haya sido violencia de género”.
La familia de Daniela siguió de cerca el juicio y participó de la audiencia de alegatos. “Estaban con una sensación ambigua: por un lado, satisfacción por la sentencia; por otro, el dolor de saber que a Daniela no la tienen más”, expresó Milicich. En cuanto a su hijo, hoy de ocho años, el fiscal solicitó que se brinde asistencia psicológica y contención a través del área de niñez de San Vicente, para evitar que la familia quede a la deriva tras la sentencia.
Finalmente, Milicich explicó que el caso encuadra en lo que se conoce como femicidio sexual no íntimo: “El imputado trató a la víctima como un objeto de consumo y de desecho. Eso es violencia de género. No debemos pensar que sólo existe dentro del hogar. Hay que ampliar los conceptos y entender que también se da fuera de él”.

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La Defensa
Por su parte, la defensa de Closs, ejercida por los abogados Humberto Gales y Leandro Giudici, argumentó que la muerte de Daniela fue consecuencia de "un accidente" en el marco de una práctica sexual supuestamente consentida. Rechazaron la figura de femicidio y pidieron una condena menor, ya sea por homicidio culposo o, en su defecto, homicidio simple.
"El hueso hioides no estaba roto, lo que demuestra que no hubo intención de matar, sino producto de una práctica sexual", sostuvo Gales, negando que Closs actuara con odio de género y cuestionando la aplicación de la perspectiva de género por considerarla una "ideología mediática".
La defensa también refutó el relato del fiscal sobre el descarte del cuerpo, afirmando que Closs "pidió ayuda tres veces" tras lo ocurrido y negó que se encontrara sobrio, contrastando con la primera declaración de un testigo que lo vio nervioso. Según Closs, ambos habían consumido alcohol en exceso y el deceso fue un "accidente" en ese contexto. En su declaración, el ahora condenado aseguró que Daniela "se descompensó" y él "entró en shock, no supo qué hacer", llorando y afirmando que "Daniela era mi mejor amiga".
Además, los abogados negaron la existencia de abuso sexual: "No se determinaron lesiones vaginales ni perianales. Daniela era impulsiva, se habría defendido si se sentía agredida. No hay elementos que acrediten una agresión sexual ni dolo homicida".
Decisión del Tribunal: prisión perpetua
A pesar de los argumentos de la defensa, el tribunal no consideró válidos esos planteos y dio por probadas todas las imputaciones más graves. Alan Calixto Closs fue condenado a prisión perpetua por abuso sexual con acceso carnal y femicidio en concurso real.
Los argumentos completos del fallo serán leídos el 1 de julio en la sede del Tribunal, instancia donde se detallarán las motivaciones jurídicas que llevaron a esta contundente sentencia.

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