Mientras el Tribunal Electoral se encuentra en el período de evaluación y oposición a las listas presentadas por 9 partidos y 3 frentes electorales en la categoría «diputados provinciales», donde debe expedirse el 6 de mayo, hubo un pedido para anular una candidatura.
Radio U pudo confirmar que el fiscal de ese órgano constitucional, Flavio Marino Morchio, presentó una impugnación a la postulación del ex suboficial de la Policía de Misiones, Ramón Amarilla, primer candidato del partido Algo Nuevo por la Vida y los Valores.
A su vez, el representante de ese espacio político y también postulante a una diputación provincial, Claudio Katiz, ratificó a Radio Up la presentación de un pedido de apartamiento del fiscal Morchio por ser primo del gobernador Hugo Passalacqua. Cabe recordar que la madre del mandatario fue Teresa Morchio, una gran referente de la cultura no solo de Oberá sino de la provincia, fallecida a fines de diciembre de 2016.
Ahora, serán los miembros del Tribunal los que decidirán qué pasará con la postulación de Amarilla desde la Unidad Penal de Cerro Azul. El órgano está constituido por Cristian Marcelo Benítez (ministro del STJ y presidente del TEM); Augusto Gregorio Busse (representante titular de magistrados); Andrés Poujade (por el Ministerio Público fiscal); y la Dra. Gisela Hendrie como secretaria.

La impugnación de Flavio Morchio
Según el escrito al que accedió Radio Up, el fiscal del Tribunal Electoral de Misiones apuntó a la situación judicial de Ramón Amarilla para pedir su impugnación. En ese sentido, Flavio Marino Morchio indicó en su escrito ingresado el miércoles 30 de abril pasado, que tanto la Ley Orgánica de los Partidos Políticos XI N.º 7, Art. 43, «… donde se establece una prohibición – entre otras – para poder ser candidato a cargos electivos«; como lo establecido en la Ley Electoral XI N.º 6, «… la cual en su artículo 3º determina quienes están excluidos del padrón electoral«.
Entonces, concluyó: «entiendo que la situación del Sr. Amarilla Ramón Oscar se encontraría encuadrada en el ejemplo dado, por lo que no podría ser candidato a la banca que pretende ocupar«.

Luego, dedicó gran parte del escrito a citar jurisprudencia en el ámbito legal electoral sobre «limitaciones» a los derechos de las personas a elegir y ser elegidos. Después, aseveró en su criterio que » el Sr. Amarilla, tiene vedada la posibilidad de presentarse como candidato en las próximas elecciones del 8 de junio, si no varía su situación, dado que, es la propia ley la que establece dicho impedimento, siendo este uno de los casos excepcionales allí establecidos».
Qué dijo el partido de Amarilla
Cualquier impugnación debe ser trasladada a la parte afectada para que opine sobre la misma. En este caso fue por 48 horas y, como ocurre en todo el cronograma electoral, no hay días inhábiles o feriados, por lo cual debieron ingresar a las 17 horas de hoy la respuesta al Tribunal Electoral.
En este caso, respondieron Claudio Katiz como representante del lema «Algo Nuevo por la Vida y los Valores», que postula a Amarilla; y la abogada Débora Magnone como apoderada del partido.
En el escrito al que accedió Radio Up, los letrados de Amarilla pidieron el apartamiento del fiscal Morchio por ser primo del gobernador Hugo Passalacqua. Ratificaron que su defendido forma parte del padrón electoral y no fue excluido como sostuvo el funcionario judicial y sostuvieron que la prohibición solo deviene si la persona tiene una condena firme, que no es el caso de Amarilla.
«En tal sentido, los Artículos 33 y 34 del Código Electoral Nacional (Ley N.° 19.945) detallan las inhabilitaciones para ser elector y para ser candidato, respectivamente, las cuales se aplican en casos de condena penal firme, no en situaciones de detención preventiva«, recordaron los letrados del candidato impugnado.

Katiz y Magnone cargaron contra el dictamen de Morchio,»…por resultar manifiestamente improcedente, arbitrario, y jurídicamente infundado«.
Respecto al lazo familiar con el primer mandatario, recordaron que «Este vínculo de parentesco (primo) dentro del cuarto grado de consanguinidad, reconocido expresamente por la normativa electoral y procesal de la Provincia como causal de recusación (art. 22 del Código Procesal Electoral Provincial), ya justifica su apartamiento inmediato».
«De igual modo, el Artículo 17 del Código Procesal Civil, Comercial, de Familia y Violencia Familiar de la Provincia de Misiones (Ley XII – N.° 27) establece como causal de recusación el parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados», sumaron en la solicitud.
Y pusieron énfasis en la «imparcialidad» y «conflicto de intereses» de Flavio Morchio, al revelar que este último «se encuentra actualmente incluido en una terna para cubrir un cargo de Fiscal de Cámara Civil y Comercial de la Primera Circunscripción Judicial, terna que será evaluada y definida por el mismo Gobernador Hugo Passalacqua, su primo, y elevada luego a la Legislatura para su aprobación».
Finalmente, Katiz y Magnone pusieron énfasis en el principio de inocencia: «El principio de inocencia, de jerarquía constitucional y convencional (artículo 18 CN y artículo 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos), impide derivar consecuencias jurídicas desfavorables por el solo hecho de estar imputado de un presunto delito, el que debe ser probado y juzgado por un Tribunal independiente e imparcial en forma absoluta».



//



