A través de la Resolución N° 2640, el máximo tribunal elaboró lineamientos generales para optimizar el servicio de Justicia y favorecer a “la sociedad en su conjunto” la lectura del lenguaje jurídico en las diferentes sentencias.
Antonio López Forastier, presidente del Colegio de Abogados de Misiones, dialogó con “Primera Vuelta” de Radio Up 95.5 para referirse a las pautas y expresó: “el Estado lo viene aplicando ya hace prácticamente 20 años, empezó un poco más en silencio y poco a poco fue logrando, es una incorporación en las legislaciones y en los distintos poderes judiciales del país”.
“Los abogados vemos esto como desde dos puntos de vista, uno que tiene que ver con la finalidad por la cual se busca, con la cual absolutamente estamos de acuerdo, que las sentencias sean claras, como para que la gente comprenda debidamente el alcance. Los abogados y sobre todo los tribunales y las sentencias y los magistrados tenemos un lenguaje que a veces resulta un tanto técnico y sobre todo con muchos modismos traídos de años de la costumbre jurídica. Entonces a veces a la gente le cuesta un poco comprender algunas de las expresiones”, dijo el presidente del Colegio de Abogados de Misiones.
A través de la Resolución N° 2640/2023, y con la disidencia parcial del juez Ricardo Lorenzetti, el Máximo Tribunal postuló una serie de herramientas para “propiciar mecanismos que optimicen la prestación del servicio de Justicia”.
Esta resolución establece un anexo que contempla una especie de metodología destinada a estructurar las sentencias y utilizar el “correcto uso del lenguaje” en el ámbito de la Corte Suprema. ¿El propósito central? “Favorecer la compresión de sus pronunciamientos por parte de los destinatarios”, tales como las partes de un caso, la comunidad académica, la prensa y la sociedad en su conjunto, señala la misma resolución.
Con respecto a la estructura de la redacción de las sentencias, la recomendación que los jueces fijaron es que primero se describa el objeto de la demanda; luego la relación circunstanciada de los hechos del caso y la forma en que la decisión apelada resolvió la cuestión, junto a una breve reseña de sus fundamentos. Después debería individualizarse la parte que recurre al Tribunal y la descripción de sus agravios.
“Es toda una cuestión bastante compleja que tiene que ver con esto de la autosuficiencia, de la debida explicación y a su vez la debida comprensión. Nosotros no hemos tenido participación, no nos han pedido opinión; para nosotros no es la más adecuada, estamos todos de acuerdo que debería entenderse una sentencia para cualquier persona y eso está fuera de discusión; entonces acá en Misiones se agrega un párrafo aparte para que se entienda lo que el juez quiso decir al escribir la sentencia”, explicó López Forastier.
Con respecto a la celeridad a la hora de conocer las sentencias o de llegar a la resolución de las causas, el presidente del colegio explicó: “Tampoco me sirve que sea clara si va a seguir tardando lo que tarda. Hoy un proceso judicial, civil y comercial, para darte un ejemplo, está entre 5 a 7 años. Entonces, es como decirle a la gente, quédense tranquilos, que lo vamos a resolver en 5 a 7 años, pero lo van a entender perfectamente. Me parece que todo tiene que ser una visión integral, que traiga soluciones reales y concretas.”.
Con esta medida, la Corte consideró pertinente adoptar prácticas y herramientas a modo de recomendación que faciliten la comprensión de las sentencias por parte de sus destinatarios, entre los que se encuentran indudablemente las partes, con su respectiva asistencia letrada, pero en muchos casos también la judicatura, la comunidad académica, la prensa y la sociedad en su conjunto.
Sin embargo, a lo largo de la Resolución el Máximo Tribunal para lograr sentencias claras, se crea un grupo de trabajo interno permanente que tendrá a cargo:
a) Elaborar y elevar a consideración del Tribunal una propuesta para complementar las reglas contenidas en los Lineamientos Generales de Sentencias Claras. Esa propuesta deberá consistir en una revisión y actualización de los trabajos sobre “Claves para una redacción jurídica correcta”, “Dudas frecuentes y errores comunes” y “Lecciones de redacción”. También podrá tenerse presente el “Manual de estilo de la Procuración del Tesoro de la Nación”, así como cualquier otro trabajo que resulte de interés.
b) Monitorear las sentencias dictadas por el Tribunal para recopilar los tecnicismos judiciales utilizados y detectar oportunidades de mejora continua en la redacción. A tales fines, se elevarán propuestas e informes periódicos a los ministros, a través de la Presidencia.
Ese grupo de trabajo será integrado con dos representantes de la Secretaría de Jurisprudencia y dos representantes de la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto. Para elaborar las propuestas e informes, si lo considerasen pertinente, podrán convocar reuniones con representantes de las Vocalías, de las Secretarías Judiciales y/o de otras dependencias del Tribunal.