En caso de haber hecho consumos en moneda extranjera, se puede pedir el reintegro del 35% si se cumplen ciertos requisitos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Las personas que compraron dólar ahorro, solidario o tuvieron consumos en dólares en sus tarjetas durante 2023 pueden reclamar a AFIP que le devuelvan las percepciones del 35% por los adelantos de impuestos aplicados sobre esas operaciones.
Quiénes pueden reclamar la devolución de las percepciones en AFIP
- Personas que no están registradas en el Impuesto a las Ganancias y no están obligadas a inscribirse.
- Aquellas inscriptas en el Impuesto a las Ganancias, pero no en Bienes Personales, sólo por percepciones bajo el código 219.
- Individuos no inscriptos en el impuesto sobre Bienes Personales y sin la obligación de inscribirse.
- Personas inscriptas en el impuesto sobre Bienes Personales, pero no en Ganancias, específicamente por percepciones bajo el código 217.
- Empleados en relación de dependencia que no están sujetos a retenciones de Ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
- Empleados en relación de dependencia que podrían estar sujetos a retenciones de Impuesto a las Ganancias por parte de su empleador y les hayan aplicado la percepción bajo el código 219.
Cómo solicitar la devolución de las percepciones en AFIP si no está alcanzado por Ganancias
Requisitos para la solicitud:
- Tener CUIT.
- Contar con Clave Fiscal, nivel 2 o superior.
- Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) donde se depositarán los fondos.
- Mantener actualizado el Domicilio Fiscal Electrónico.
Procedimiento para la solicitud:
- Para aquellos no alcanzados por Ganancias ni Bienes Personales, como monotributistas y otros contribuyentes, utilizar el servicio “Devolución de Percepciones AFIP”.
- Indicar la CBU para el reembolso.
- Realizar la solicitud mes a mes, ya que se aplica por cada periodo de percepciones.
- La AFIP llevará a cabo controles y verificaciones antes de aprobar o rechazar la solicitud.
Consulta de percepciones del 35% o más:
- Utilizar el servicio “Mis Retenciones” en la plataforma de la AFIP.
- Acceder con CUIT/CUIL y clave fiscal.
- Buscar el código del impuesto (217 o 219).
- Realizar una búsqueda por fechas para obtener un desglose detallado de las percepciones realizadas.
Consideraciones importantes:
- El plazo para completar el trámite de devolución es de 60 días hábiles administrativos.
- La devolución de percepciones no incluye el 30% correspondiente al Impuesto PAÍS, que no es reintegrable.
- En caso de que sea rechazado, se dispone la opción de presentar un recurso de apelación ante el Director General de la Dirección General Impositiva.
Cómo pedir la devolución RG 4815 si se está alcanzado por Ganancias
Trabajadores alcanzados por Ganancias, debe hacerse a través del SIRADIG/Trabajador de AFIP.
- Acceder con CUIT y clave fiscal al formulario 572web;
- Seleccionar el período fiscal 2021;
- Ingresar Otras Retenciones, Percepciones y pagos a cuenta;
- Seleccionar, Pago a Cuenta, percepción por compras en el exterior, RG 4815;
- En el menú desplegable aparecerán las opciones para informar percepciones por compra de dólares; gastos en el exterior por consumos con tarjeta de crédito y débito por pasajes aéreos o servicios turísticos o servicios contratados (plataformas digitales, por ejemplo).
- El sistema informará el total retenido por cada concepto;
- El contribuyente puede aceptar o cargar manualmente, mes tras mes, las percepciones no informadas.
- Una vez aceptadas la carga de percepciones, hay que volver al borrador y generar la presentación mediante el botón Enviar al empleador. Hay tiempo hasta el 31 de marzo de 2024.
(Fuente: TN)