El exdiputado nacional (MC) Luis Pastori, resumió sus críticas al proyecto remitido por el gobernador Oscar Herrera Ahuad a la Legislatura en un informe que difundió en las últimas horas, que da cuenta de las inconsistencias e irregularidades de la iniciativa que será aprobada sin modificaciones.
Pocas semanas después de denunciar públicamente el artículo 16 del proyecto de Presupuesto 2024 que envió el Ejecutivo Provincial a la Legislatura de Misiones, que crea una Unidad Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Social a cargo de la Vicegobernación, la cual “podrá financiar todo tipo de actividades sin el control de la Ley de Contabilidad y la Ley de Obras Públicas”, el ex diputado provincial y ex diputado nacional (Mandato Cumplido) Luis Pastori, elaboró un análisis pormenorizado de la iniciativa que será sancionada sin modificaciones, gracias a la mayoría aplastante del Frente Renovador de la Concordia y sus aliados en la Cámara de Representantes.
El contador público nacional y ex diputado, difundió en los últimos días, una serie de críticas y cuestionamientos al proyecto remitido por el gobernador de Misiones, Oscar Herrera Ahuad, que prevé erogaciones por un total de $1.281.779.259.000 ($1,28 billones), de los cuales, se destinaría el 25,66% a Educación, el 22,3% a Salud Pública y el 21,25% al áre área de Desarrollo Social 21,25%
Aumento de cargos de planta permanente
“Se nota un permanente aumento de la planta de personal permanente, representando la cantidad prevista para 2024 de 60.399 agentes un 64% superior a la planta del año 2008, año que se toma como referencia para comparar los últimos 4 mandatos de la Renovación. Ello, sin contar el personal temporario (contratado con relación de dependencia) y los contratos de monotributistas que representan una manera de degradación de la relación laboral y un encubrimiento de la cantidad real de personal que presta servicios al Estado cuyo número total se desconoce”, comentó Pastori en el informe que tituló “Inconsistencias del Proyecto de Presupuesto Provincial Misiones – año 2024”
Excesiva onerosidad del gasto para financiar la Agencia Tributaria Misiones
Respecto del funcionamiento de la ex Dirección General de Rentas, Pastori argumentó que “el costo de financiamiento del organismo fiscal de la provincia (…) se encuentra en niveles exorbitantes lo cual, la vuelve muy ineficiente. Es así que hace varios años representa el 15% de toda la recaudación de ingresos tributarios (Ingresos Brutos + Sellos + Automotor + Inmobiliario)”, planteó el contador.
“Si tomamos el total de gastos previstos para 2024 de $ 48.801 millones de pesos, vemos por ejemplo que supera ampliamente a la recaudación prevista del Impuesto de Sellos ($ 15.433 millones), más el Impuesto Inmobiliario ($4.490 millones) y el Impuesto al Automotor, más el adicional ($ 5.550 millones) y gran parte del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Como dato comparativo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se financia con el 1,9% del total de la recaudación de tributos nacionales”, reveló el ex diputado nacional.
Por otra parte, Pastori denunció que existe una subestimación de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, es decir, que el proyecto prevé recaudar por IIBB, mucho menos de lo que efectivamente se recaudará. “En 2022 se estimó recaudar $ 48.695.027.000 y se recaudaron $ 113.212.900.000 (132% más), diferencia en más que es dispuesta en forma arbitraria y discrecional por el Poder Ejecutivo”, cuestionó el ex legislador radical.
Luego, en el informe, Pastori pasó a desgranar y exponer algunos de los artículos más controversiales del proyecto del Presupuesto 2024 que los ministros y funcionarios renovadores están defendiendo en la Legislatura, desde la semana pasada. “Son en su mayoría normas que llaman de ‘flexibilidad presupuestaria’ y que en realidad tienden a dotar de ‘súper poderes’ al Poder Ejecutivo en detrimento del Poder Legislativo, y que agregan discrecionalidad, arbitrariedad y opacidad en lo que debiera ser una gestión con transparencia”, puntualizó el ex diputado provincial.
Asimismo, Pastori recalcó que “contando con una mayoría en la Cámara (de Representantes), que le asegura poder aprobar cualquier proyecto que envíen, (el proyecto) sólo tiende a evitar la discusión parlamentaria y manejar todo por decreto”.
Cuestionamientos a artículos puntuales del Presupuesto 2024
En sus críticas, Pastori apuntó contra varios artículos, además del mencionado artículo 16 que otorga discrecionalidad en el manejo de partidas de “emergencia” al Vicegobernador electo, Lucas Romero Spinelli, quien no tuvo reparos en defender públicamente la cuestionada Unidad Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Social en diálogo con Radio Up.
Así pues, el ex diputado indicó que el artículo 12 prevé que el Ejecutivo podrá “disponer reestructuraciones hasta un 10% del total del Presupuesto, pero sin embargo excluye de esa limitación a las Erogaciones Corrientes, las cuales representan nada menos que el 76% del total de gastos, por lo que (ese) 76% ($ 978.008351.000) queda liberado para que el Poder Ejecutivo, lo incremente en forma absolutamente discrecional, sin limitación alguna”.
En tanto, el artículo 16 del Presupuesto 2024, en su primer párrafo, “autoriza al Ejecutivo a modificar el número de directores de los siguientes organismos: IPRODHA (Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional); IFAI (Instituto de Fomento del Agro y la Industria) y DPV (Dirección Provincial de Vialidad)”.
En su cuarto párrafo, el artículo 16 –señala Pastori– faculta al Ejecutivo “a constituir –por decreto– Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria y Sociedades de Economía Mixta que podrán dedicarse a cualquier actividad sin pasar por la discusión parlamentaria”.
Asimismo, en el noveno párrafo, el artículo 16, “le otorga amplias facultades al Ejecutivo a modificar el Código Fiscal Provincial y la Ley de Alícuotas de los impuestos provinciales, violando flagrantemente el principio de legalidad de la tributación”.
Por su parte, el décimo párrafo, faculta al Ejecutivo “a otorgar beneficios impositivos (exenciones, disminución de alícuotas, etc) a las actividades englobadas dentro de la Economía del Conocimiento (violación principio de legalidad)”.
El cuestionado artículo que crea la Unidad Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Social a cargo de la Vicegobernación
Mientras que el décimo primer párrafo, “crea la Unidad Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Social a cargo de la Vicegobernación y que podrá financiar todo tipo de actividades sin el control de la Ley de Contabilidad y la Ley de Obras Públicas (contrataciones directas sin pasar por procesos licitatorios). Mayor discrecionalidad y menos transparencia, equivale a mayor corrupción”, machacó Pastori sobre este punto que otorga carta blanca al vicegobernador electo Romero Spinelli.
En tanto, el Artículo 18 autoriza al Ejecutivo “a disponer por vía del Ministerio de Hacienda a ajustar en forma mensual los montos fijados en la Ley de Obras Públicas para limitar las contrataciones directas y las licitaciones, en función de coeficientes que ellos mismos van a determinar. Una discrecionalidad inadmisible”, criticó el ex diputado.
Asimismo, el Artículo 24, autoriza al Ejecutivo “a crear por decreto Fondos Fiduciarios para abonar cualquier tipo de contratación que decida, ello agrega discrecionalidad en el manejo de los recursos y tiende a favorecer a ‘empresarios amigos’ que se aseguran el cobro de los certificados de obras con privilegio respecto de los demás contratos. Además, suma opacidad ya que dicho manejo de los fondos escapa al Presupuesto y a los controles regulares”, planteó Pastori.
La prórroga de la Emergencia Económica
Sobre el artículo 26, Pastori enfatizó que prorroga nuevamente “la llamada Ley de Emergencia Económica y Financiera, sancionada en 1989. Lleva ya 23 años de vigencia, transformándose en la ‘emergencia más larga del mundo’, y que le posibilita un manejo autoritario en las decisiones respecto por ejemplo al pago de juicios perdidos por el Estado (misionero) y el no pago de los cupones de bonos de la deuda pública (CEMIS, Junior y Senior). Este estado de emergencia no se compadece con la cantinela de ‘un Estado con cuentas ordenadas’ y que perjudica ostensiblemente a mucha gente que son los tenedores de esos bonos”, fustigó Pastori, dando por tierra con el discurso que sostiene el Ministro de Hacienda, Adolfo Safrán sobre la pretendida “robustez” de las arcas del Estado provincial.
En esta línea, el Artículo 34 del Presupuesto 2024 –señala Pastori– es una “enésima prórroga del vencimiento de los BONOS CEMIS (1°, 2° y 3° Series)”
Por otra parte, Pastori denunció que el Artículo 38 del Presupuesto en su primer párrafo “faculta al Ejecutivo a conciliar y condonar todas las deudas que, en materia previsional y de obra social deban al I.P.S (Instituto de Previsión Social) todas las instituciones educativas de gestión pública o privada y el Instituto Montoya, al 31 de agosto de 2023, lo cual además de constituir una invitación a no pagar repite norma similar de los presupuestos de años anteriores, constituyendo un enorme privilegio por el cual el IPS deja de percibir los aportes descontados a los docentes y las contribuciones patronales estatales que alimentan los fondos para el pago de las prestaciones jubilatorias y el funcionamiento de la obra social”, reveló Pastori.
Además, el segundo párrafo del artículo 38, “establece que todo crédito en concepto de ‘movilidad previsional’ no pagado por el IPS a la fecha, queda supeditado a que Nación cumpla con la cláusula décimo segunda del Compromiso Federal aprobado por la Ley 25.235 suscripto por los gobernadores y Nación el 6/12/1999, así como al cumplimiento del Art. 27 de la Ley 27.260 y modificatorias”, enfatizó Pastori.
De acuerdo con el ex diputado, “el ‘Compromiso Federal’ de 1999 tiene una serie de cláusulas que han quedado desactualizadas por el paso del tiempo, otras que ya han sido cumplimentadas y otras de cumplimiento imposible como una nueva Ley de Coparticipación Federal, lo cual hace que esta cláusula será meramente declamatoria y que autoriza al manejo arbitrario de la obligación de pago de la movilidad previsional perjudicando a todo el universo de jubilados y pensionados de la provincia, en particular a docentes, fuerzas de seguridad, salud pública, judiciales, entre otros”.
“Por su parte, el art. 27 de la Ley 27.260 establece que la Nación y las provincias que no hayan transferido sus regímenes previsionales deberán armonizar sus regímenes de modo tal de que las provincias reciban un monto por las diferencias que pudieran surgir suponiendo que hubieran transferido sus regímenes. Todo ello, no puede imponerse a los pasivos que tienen un derecho a la movilidad previsional, el cual no puede estar supeditado al cumplimiento de Nación de cláusulas que firman con las provincias”, argumentó Pastori.
Respecto de la nueva prórroga de la Emergencia Económica, Pastori explicó: “Las leyes que autorizaron en la década del ’90 las diferentes emisiones de los “Certificados de Cancelación de Deudas de la Provincia de Misiones” (Bonos CEMIS), fueron posibles en el marco de la Ley de Emergencia Económica y Social Ley VII N° 13 (antes Ley 2723) del 21/12/1989 y la posterior Ley VII N° 24 (antes Ley 3309) del 25/7/1996 que extendió la emergencia a todo el ámbito del sector público de la provincia. Dichos bonos servían para cancelar todo tipo de deuda del Estado provincial (proveedores, deudas previsionales, liquidaciones de seguros del ex Instituto Provincial del Seguro, pago a prestadores del Instituto de Previsión Social, etc.)”, planteó el ex legislador.
“Es decir que Misiones mantiene el estado de emergencia económica desde hace más de 34 años. Lo cual constituye un récord de dudosa constitucionalidad ya que transformó el concepto de ‘emergencia’ -que por naturaleza es algo excepcional y transitorio por un breve plazo- en algo permanente y sin solución de continuidad. Y que le da pie al gobierno para fundamentar la falta de pago de estas obligaciones (entre otras)”, reclamó el ex diputado provincial.
Las emisiones de Cemis y su falta de pago
Partiendo de la información “emanada del Ministerio de Economía y Hacienda de la Provincia que, con datos al 31/12/2022 nos dice que por los Bonos CEMIS vencidos e impagos se debe poco menos de 3.300 millones de pesos. Ahora bien, resulta que todos ellos fueron emitidos en dólares (no en pesos) en láminas de distintas denominaciones (principalmente de u$s 1.000 cada una). Algunos tenedores aceptaron el ‘plan canje’ ofrecido entre 2004 y 2005, por lo que resultan al menos dos interrogantes de los cuales el gobierno debiera dar cuenta, a saber: Del stock circulante, cuántos tenedores aceptaron canjear los bonos y por qué monto, y cuál fue la cotización utilizada para transformar la deuda de dólares a pesos”, sostuvo Pastori en su crítico informe sobre el Presupuesto 2024.
“La Ley VII N° 45 (antes Ley 3854) de 2002, prorrogó los vencimientos de todos los cupones vencidos e impagos y, a partir de entonces, en las leyes de Presupuesto Provincial de cada año invariablemente se incorpora un artículo que extiende la prórroga. El proyecto de Presupuesto Provincial para el año 2024 lo hace hasta el 30 de junio de 2026 (art. 34)”, precisó el contador público nacional.
Estas “prórrogas” vigentes abarcan:
a) Bonos de la Ley VII N° 25 (antes Ley 3311). Se autorizó la emisión de 150 millones de dólares, a devolver en 32 cuotas trimestrales (8 años) de aproximadamente 4,6 millones cada una. Se llegaron a pagar solamente los primeros 13 cupones en forma regular, debiéndose los 19 restantes, lo cual alcanza a la suma total de U$S 89 millones pendientes.
b) Bonos de la Ley VII N° 36 (antes Ley 3587). Se adicionó un total de u$s 30 millones, a devolver en 32 cuotas trimestrales (8 años) de aproximadamente u$s 937 mil cada una. Se pagó solamente el primer cupón, quedando impagos los 31 restantes, lo cual hace un total de U$S 29 millones pendientes.
c) Bonos de la Ley VII N° 40 (antes Ley 3754) -Serie Adicional II- por un total de u$s 47 millones, a devolver en 32 cuotas trimestrales (8 años) de aproximadamente 1,5 millones cada una. De esta serie no se pagó ningún cupón, debiéndose en consecuencia su totalidad.
“En consecuencia, los bonos impagos de las 3 series suman un total de U$S 165 millones, los que a la cotización del dólar Banco Nación del 22 de agosto de 2023 a $ 365,50 da la friolera de más de $60 mil millones -contra los $ 3.300 millones informado- poniendo un espeso manto de oscuridad acerca del verdadero quántum de la deuda pública provincial. Todo ello, sin entrar a considerar otros bonos vencidos e impagos como los denominados ‘Senior’ y ‘Junior’ emitidos por Decreto 1986 del 23/11/1999, por 100 millones de dólares a 10 años de plazo y cuyo saldo deudor aparece en el mismo informe ministerial por $ 536 millones, y a los que les caben las mismas dudas que a sus primos hermanos CEMIS”, denunció Pastori. Y agregó: “a ello hay que agregar los intereses resarcitorios pactados”.
Misiones una provincia en Default
“Gracias al dudoso criterio de la ‘emergencia permanente’, las finanzas provinciales se encuentran claramente en default. Varios cientos de prestadores del IPS, acreedores del Instituto del Seguro, pequeños ahorristas que creyeron en que la provincia honraría sus deudas y quienes quieran que hoy tengan en su poder estos papeles, han sido estafados por la provincia. No hay ningún justificativo que amerite proseguir ni con la ‘emergencia permanente’, ni con la prórroga sistemática del pago de los cupones vencidos, además que tampoco existen razones para alardear de ser una provincia con sus finanzas saneadas cuando se esconde semejante cadáver en el ropero”, sentenció Pastori en su informe.