Algunos de los docentes que sufrieron descuentos de entre $75 mil y $280 mil en sus haberes de junio, están con licencia médica y otros no se adhirieron a paros. La medida que es inconstitucional, se aplicó sin ningún criterio y busca dividir y atemorizar al colectivo docente en Misiones.
Los salvajes descuentos en los salarios de los docentes que aplicó el gobierno de Hugo Passalacqua en los haberes de junio, en el marco de un grave conflicto salarial en el que todos los gremios excepto dos –los renovadores UDPM y Sidepp–, están movilizados y realizando paros, acampes y cortes de ruta, repiten la práctica que instaló la exministra de Educación Ivonne Aquino, entre 2016 y 2019.
Según confirmaron a este portal, docentes que forman parte del sindicato MPL (Movimiento Pedagógico de Liberación), los descuentos por los días de huelga que aplicó el gobierno educativo actual , es decir, la presidente del Consejo General de Educación Daniela López y el ministro de Educación Ramiro Aranda, se aplicaron sin ningún criterio, inclusive, afectando a docentes que están con licencias médicas, y a docentes que no realizaron paros.
Emulando a la exministra Aquino, en el anterior gobierno de Passalacqua (2015 – 2019), los descuentos se aplicaron a mansalva, a docentes que adhirieron a paros legalmente convocados y a docentes que no hicieron paros, o que están con licencias. Con esta medida se busca dividir al colectivo docente, poniendo a los docentes que no se movilizaron contra los que sí lo hicieron, por sufrir la quita de salarios. Se trata de una medida ilegal del gobierno renovador porque el artículo 14 Bis protege el derecho a huelga y no se pueden aplicar este tipo de descuentos, que rondan entre los $75 mil y los $280 mil.
Cabe recordar que durante el primer gobierno de Passalacqua, que comenzó en diciembre del 2015, la entonces ministra de Educación Ivonne Aquino y el expresidente del Consejo General de Educación Mauricio Maidana, comenzaron a instrumentar los descuentos por días de paro –inconstitucionales– de una forma inédita: a docentes que hacían paros y que no hacían paros, a algunos sumas siderales por escasos días de huelga y a otros sumas menores, por más días de huelga, es decir, sin un criterio exacto y casi de manera completamente aleatoria.
Protestas en Misiones | “El docente está con bronca”, les hicieron “descuentos de $115 mil” en los sueldos
Con esta maniobra, la exministra Aquino y el expte. Maidana –y por decantación, Passalacqua– buscaron romper la solidaridad entre docentes, puesto que los que no hacían paros y podían simpatizar con las medidas de fuerza, se iban a ver afectados por las huelgas al sufrir también descuentos. Todo indica que, en mayo, los nuevos jefes educativos Daniela López (CGE) y Ramiro Aranda (Educación) decidieron retomar estas prácticas del primer gobierno de Passalacqua con los sueldos de junio de los docentes misioneros –estén movilizados o no.
“Descontaron a docentes con licencia médica, a docentes que no hicieron paro y con montos distintos”, contó a este portal, Luján Niripil, una de las referentes del Movimiento Pedagógico de Liberación, quien no dudó en señalar que no hay diferencias entre los descuentos que aplicaban Aquino y Maidana y los que imponen ahora López y Aranda.
De todas formas, los docentes que mantienen los cortes de rutas, los acampes y las protestas en Misiones, “estamos más fuertes que nunca”, aseguró Niripil, condenando de plano los descuentos que en algunos casos superan los $200 mil del de por sí magro sueldo docente.
Cabe aclarar que al tratarse de medidas inconstitucionales, los docentes y los gremios pueden reclamar ante la Justicia que tarde o temprano termina fallando a favor de los damnificados, porque el artículo 14 bis de la Constitución garantiza el derecho a huelga.
Perfectamente conocido por el ministro Ramiro Aranda y la presidente del CGE Daniela López, el artículo 14 bis de la Constitución Nacional sostiene: “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial”.
“Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo”, añade el artículo en cuestión.
“El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna”, detalla el 14 bis de la CN.