El Gobierno nacional enviará al Congreso un proyecto de ley que establece un nuevo Régimen Penal Juvenil para los adolescentes de entre 13 y 18 años que cometan delitos. La iniciativa fue presentada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.
El abogado y columnista del programa “La Última Rosca”, Gustavo Maldonado se refirió al proyecto y a las modificaciones que propone para la justicia argentina. “Un tema que vuelvo a traer a la escena es el tema de la baja de la imputabilidad, el hecho de llevarlo a 13 años, la imputabilidad de los menores”.
“Dentro de todos los movimientos que están existiendo en la Argentina, la cuestión de la baja de la imputabilidad, es un tema de larga data que se viene planteando en varios gobiernos, pero la realidad es que nunca hay voluntad política para hacerlo”, sostuvo Maldonado y agregó “se llama derecho comparado, y es darle un tratamiento un tanto diferencial a los menores, más allá de que les hablan como adultos, en función de que no comparten las mismas cárceles y no reciben las mismas condenas. Se los toma como una cuestión contravencional”.
“En Argentina en la actualidad, el sistema de imputabilidad comienza a los 16 años, es decir, desde esa edad son imputables, esto significa tener discernimiento, razonabilidad del hecho cometido. Pero tienen idénticas penas privativas o idénticas sanciones a las personas mayores de 18 años, salvo delitos con penas privativas de la libertad superior a los dos años, los menores de 16 hasta los 18 no son puestos a disposición como estos mayores de edad, sino que tienen un sistema de re sociabilización distinto y llegado a los 18 años comienzan a compartir el mismo sistema carcelario que los mayores, los adultos” expuso Maldonado.
El proyecto presentado establece que el máximo de pena para adolescentes entre los 13 y 18 años está fijado en 20 años. Al cumplir 2/3, el tribunal podrá disponer que se continúe con algunas de las medidas alternativas. La privación de la libertad se ejecutará en “establecimientos especiales o secciones separadas de los establecimientos penitenciarios, bajo la dirección de personal idóneo”.
En los casos de menores no imputables (por ejemplo, un chico de 11 años), el juez “de todos modos investigará la existencia y circunstancias de un hecho ilícito y la presunta intervención de terceras personas realizará un peritaje psicológico, un informe ambiental y dará intervención a otros organismos. Ante el riesgo de que el menor incurra en nuevos delitos, también podrá ordenar su internación para su readaptación social”, explicaron durante la presentación del proyecto los funcionarios nacionales.
Maldonado en diálogo con Alejandro Chini y Bryan Villalba expresó “generalmente cuando hablamos de baja imputabilidad hay que tratar de entender los crímenes. Estos días se popularizó la frase comete un crimen de adulto, tiene que pagar la pena de adulto y esta frase surge de un ministro que se retiró en el mes de marzo y que lo menciona con cierta frialdad y es una vez más la misma política de no querer hacerse cargo de un debate real”.
“Uno no puede concebir que una persona de 13 años tenga la animosidad o la malicia de poder llegar a cometer un acto ilícito y si hace alguna travesura no pasa de ser una travesura, al menos lo que uno entiende. Pero la realidad dista en gran medida, sobre todo quizás en esos lugares donde existe carencia de educación o carencia de capacitación o de expectativa de vida en cuanto a su sociabilización y terminan recayendo en lo que le termina siendo lo más simple que es el delito”, expresó Maldonado.
El abogado siguió su exposición reflexionando “Hoy tenemos un sistema de imputabilidad a partir de los 16 años, pero el sistema opera como un perfeccionamiento del delito” y se refirió de manera especial a la resocialización “lo estudiamos, lo vemos a diario con las penas que son privativas de la libertad. Encerrarlos no sirve, sino que hay que otorgarle herramientas para que mejore, para que se re sociabilice”.
En la Argentina, el Régimen Penal de Minoridad, promulgado en 1980, durante la última dictadura militar, estableció que la edad de imputabilidad es a los 16 años, es decir, que los menores de esa edad no pueden ser juzgados.
Sin embargo, los adolescentes de entre 16 y 18 años tampoco son juzgados por el mismo sistema que los adultos. Sólo son punibles (es decir, que merecen castigo) aquellos que cometan delitos con penas mayores a 2 años (por ejemplo, homicidios dolosos) pero recién pueden empezar a cumplir su pena en una cárcel a los 18 años. Hasta ese momento, estos menores pueden estar privados de su libertad en institutos especializados llamados Centros de recepción y contención de menores.