El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) presentó una demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 614, emitido por el Poder Ejecutivo el pasado 16 de julio, el cual disolvió a la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) para dar lugar a una Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) con nuevas atribuciones, lo cual, según el CELS, “atenta contra la constitucionalidad y genera un marco riesgoso de vigilancia masiva”.
Margarita Trovato, abogada de CELS, explicó en diálogo con “El País de la Libertad” de Radio Up 95.5 que el DNU “hace una reforma estructural, no es solo un cambio de nombre. Vemos esta reforma con problemas muy preocupantes, a nuestro criterio inconstitucional, y además tampoco era la forma; debería haberse tratado públicamente, de manera colectiva en el Congreso”.
La reforma habilita a la SIDE y a la Agencia Federal de Ciberseguridad, una nueva división, para realizar escuchas y recolectar comunicaciones sin aclarar si es necesaria una orden judicial ni los límites de almacenamiento de la información digital recolectada. “El decreto abre la puerta a que todas las personas podamos ser espiadas, y los datos privados pueden ser recogidos, analizados y archivados en total reserva. Ni siquiera se requiere una orden judicial”, advirtió Trovato, subrayando la falta de controles adicionales sobre estas acciones.
Falta de controles y transparencia en el Congreso
En cuanto a la supervisión del nuevo sistema de inteligencia, Trovato cuestionó la efectividad y transparencia de la Comisión Bicameral de Inteligencia, la cual, si bien se constituyó en agosto, un mes después de la publicación del DNU, opera bajo un régimen de secretismo que limita la capacidad de la sociedad civil para supervisar sus acciones. “La actuación de la Comisión Bicameral es muy reservada, lo cual en parte es lógico, pero podría permitir un grado mayor de transparencia”, comentó.
Además, la abogada de CELS señaló que, a diferencia de una ley que requiere aprobación en ambas cámaras del Congreso, el DNU solo necesita que las cámaras lo rechacen para que pierda vigencia. Mientras esto no suceda, el decreto estará vigente y sus disposiciones en efecto. “El DNU está vigente hasta que lo rechacen ambas cámaras. Es paradójico, ya que fue pensado como una herramienta excepcional, pero ahora su uso es mucho más amplio”, apuntó Trovato.
En tanto, se refirió a uno de los aspectos más cuestionados es la Agencia Federal de Ciberseguridad, que tiene ahora la atribución de interceptar comunicaciones personales bajo un concepto ambiguo de “relevancia para el sistema de inteligencia”. Según Trovato, “en el texto del decreto no queda claro si es necesaria una orden judicial, quién puede encargar estas tareas o los límites de almacenamiento de información”. Esta falta de claridad permite una intromisión en los derechos individuales sin precedentes, planteó.
Por otro lado, Trovato advirtió que el marco de la nueva SIDE permite que la inteligencia pueda intervenir en investigaciones judiciales de ciberseguridad como auxiliares de la justicia. Esto, dice, revive problemas históricos en Argentina, donde la intromisión de inteligencia en investigaciones judiciales ha sido ampliamente criticada, como en el caso de la causa AMIA. “Este decreto abre una ventana muy opaca, dejando dudas sobre cómo sería este ida y vuelta de información y los límites del control judicial”.
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El derecho internacional y la vigilancia masiva
Según el CELS, la disposición para que la SIDE pueda implementar vigilancia sin una justificación concreta va en contra del derecho internacional. Trovato explicó: “El derecho internacional, a través de las Naciones Unidas y el sistema interamericano de derechos humanos, establece que la vigilancia masiva por parte del Estado es absolutamente desproporcionada y avanza sobre derechos como la privacidad y la libertad de expresión”.
A diferencia de investigaciones judiciales específicas, la vigilancia sin una hipótesis criminal concreta o dirigida a individuos bajo sospecha genera un estado de “sospecha generalizado” sobre toda la población. “El Estado no puede utilizar sus herramientas de vigilancia hacia toda la sociedad simplemente ‘por las dudas’. Esto debería estar prohibido o, en el caso de utilizarse, debe ser de manera restringida, con un alto nivel de control y supervisión pública, algo que no está sucediendo con este decreto”, concluyó.