La apertura del procedimiento que derivará en la privatización se formalizó a través del decreto 67/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial, y contempla la “desintegración vertical y la separación de las actividades y bienes de cada unidad de negocio”.
Con esa separación, se procederá tanto a “la modalidad de remate público para la venta del material rodante” como a “la celebración de contratos de concesión de obra pública para las vías y sus inmuebles aledaños, y el uso de los talleres ferroviarios”.
La firma del decreto había sido anticipada el sábado por el vocero presidencial Manuel Adorni, en un posteo en el que destacó que “el Estado dejará de ser operador de los servicios ferroviarios de carga y de toda su infraestructura: material rodante, vías, talleres e inmuebles”.
Privatización del Belgrano Cargas: La Agencia de Transformación de Empresas Públicas deberá concretar las siguientes acciones:
- • La venta del material rodante mediante remate público, cuyo producido será asignado a un fideicomiso de obra y/o al instrumento de garantía, custodia, depósito y/o administración que el Ministerio de Economía establezca, para el financiamiento y pago de obras sobre las vías a ser concesionadas. Parte de ese material rodante podrá ser incluido en los contratos de concesión de vías.
- • La concesión de las vías de las Líneas General Belgrano, General San Martín y General Urquiza y sus inmuebles aledaños, mediante procedimientos de licitación pública nacional e internacional.
- • La concesión de uso de los talleres de esas líneas, por los mismos procedimientos de licitación.
- • La disolución y posterior liquidación de Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima.
- La norma aclara que, a diferencia de la modalidad de privatización llevada a cabo en la década del 90, no se prevé la implementación de un programa de propiedad participada (PPP).
La compañía estatal Belgrano Cargas y Logística fue creada mediante la resolución 469 del 2013, durante la segunda Presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, y se le asignó la operación del servicio ferroviario de carga y la administración de la infraestructura ferroviaria de la Línea General San Martín y remanente de la Sarmiento, con excepción de los tramos urbanos Retiro-Pilar y Once-Mercedes, y de la Línea Urquiza, con exclusión del tramo urbano electrificado Federico Lacroze-General Lemos.
El decreto 525/2024,que declaró la emergencia pública en materia ferroviaria por dos años, se sustenta, entre otros fundamentos, en los informes de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), que señalaban que “el estado tanto de la infraestructura ferroviaria como del material rodante afectado a los servicios requiere la adopción de medidas eficaces y urgentes, así como las fuentes de financiamiento correspondientes”.

Fuente: Clarín