Así lo afirmó el vicepresidente de la convención constituyente de Garupá, Damián Monzón, en diálogo con Radio Up 95.5. Además, explicó como se originó el inconveniente jurídico que frenó la sanción de la nueva carta orgánica en el municipio.
Los vecinos de Garupá aguardan la sanción de la nueva carta orgánica para el municipio, una decisión que se lleva dilatando desde el año 2021. Según comentó a este medio Damián Monzón, vicepresidente de la convención constituyente de dicha localidad, “esta contradicción cuando en el año 2021 se convocó a esta elección, cuando estábamos todavía en un periodo post pandemia, inclusive sesionando de manera virtual”.
“En aquel momento, la previsión que tenían para redactar la carta orgánica, era diferente al que tenemos hoy en día, ya una vez superada esa etapa”, explicó Monzón.
Según explicó, “se había diseñado y hecho la llamada como una convocatoria a elecciones convencionales para redactar la carta orgánica en Garupá y habían estipulado un artículo que decía que se iba publicar en el boletín oficial de la provincia, como todas generalmente, y que iba a entrar en vigencia una vez que asuman las nuevas autoridades, tanto intendentes y concejales, electas después de sancionar la carta orgánica”.
“Ahí es donde surge este inconveniente, porque si nosotros tenemos consensuado hacer funcionar la carta orgánica y jurarla el 30 de noviembre de este año, entraría en vigencia el día después una vez que se publica en el boletín oficial de la provincia”, señaló Monzón.
Leé también: Anita Minder | “Rovira y la Renovación tienen cooptados a los libertarios en Misiones”
Es en este sentido que Monzón resaltó que “el problema, es que el artículo estipula además la renovación de autoridades, las cuales serán recién a finales de 2027 cuando asuman el nuevo intendente y los nuevos concejales”.
“Es una ventana temporal de tres años que consideramos innecesaria, incoherente e incongruente con la propia ordenanza”, agregó.
En tanto, indicó que “jurídicamente, todo se resume y se resuelve yendo a la letra de la convocatoria, justamente que es la ordenanza para disipar dudas, pero el problema estuvo en el hecho de la convocatoria a elecciones que decidió el Ejecutivo”.
Por otro lado, reveló que “hemos presentado la solicitud al Consejo Deliberante para que revea este artículo, que es contradictorio porque si la Carta Orgánica entra en vigencia una vez publicada, no debe esperar tres años al cambio de autoridades”.
“Pedimos que subsanen lo que consideramos es un inconveniente normativo”, añadió.
“Creemos que van a dar lugar a este pedido, justamente para evitar que a futuro cualquier ciudadano se presente ante la justicia a demandar la vigencia de la carta orgánica y no se encuentre con la interpretación de este artículo contradictorio”, completó.