La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un nuevo régimen especial de facilidades de pago destinado a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. La medida fue oficializada este martes mediante la Resolución General 5875/2026, publicada en el Boletín Oficial.
El programa permitirá regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026, incluyendo intereses, multas y demás accesorios. El objetivo es brindar una herramienta financiera para que contribuyentes con dificultades de liquidez puedan normalizar su situación fiscal y evitar acciones de cobro por parte del organismo recaudador.
La adhesión al plan estará habilitada hasta el 30 de octubre de 2026 y deberá realizarse exclusivamente a través del servicio digital “Mis Facilidades” disponible en la página oficial de ARCA.
Qué contribuyentes podrán acceder al nuevo plan de ARCA
El régimen está dirigido a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de los tramos 1 y 2 que cuenten con el Certificado MiPyME vigente. También podrán adherirse los pequeños contribuyentes identificados bajo el código de caracterización 547 y diversas entidades sin fines de lucro.
Entre las organizaciones alcanzadas figuran asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, mutuales, consorcios de propietarios e instituciones religiosas, sectores que en los últimos años han reclamado mecanismos de financiamiento para afrontar obligaciones acumuladas.
Desde ARCA aclararon que el acogimiento al plan no implica condonación de intereses ni liberación de sanciones, por lo que las deudas deberán cancelarse bajo las condiciones establecidas en la normativa.
Cuántas cuotas ofrece el plan y qué tasa de interés se aplicará
Las condiciones del financiamiento varían según el tipo de contribuyente y la naturaleza de la deuda. En todos los casos, tanto el pago a cuenta como las cuotas tendrán un monto mínimo de $50.000.
Para las Micro y Pequeñas Empresas, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro, las deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social podrán financiarse en hasta 18 cuotas mensuales, con un anticipo equivalente al 5% del total consolidado y una tasa de interés mensual del 2,75%.
En el caso de las retenciones y percepciones impositivas, el plazo máximo será de nueve cuotas, manteniendo el mismo porcentaje de pago a cuenta y la misma tasa de financiación.
Por su parte, las Medianas Empresas de los tramos 1 y 2 podrán financiar deudas impositivas, aduaneras y previsionales en hasta 15 cuotas, con un pago inicial del 10% y una tasa mensual del 2,75%. Para las retenciones y percepciones, el límite será de siete cuotas con idénticas condiciones financieras.

Qué deudas quedan excluidas del régimen especial
La resolución también establece una serie de conceptos que no podrán incorporarse al nuevo plan de facilidades de pago.
Entre las exclusiones figuran las retenciones y percepciones previsionales, los anticipos y pagos a cuenta, el IVA correspondiente a servicios digitales o prestados en el exterior, los aportes destinados a obras sociales —excepto en el caso de monotributistas—, las cuotas de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), el Seguro de Vida Obligatorio y los impuestos internos aplicados a los cigarrillos.
Estas limitaciones buscan evitar que determinadas obligaciones específicas sean refinanciadas mediante este régimen excepcional.
Cuándo puede caducar el plan de pagos
ARCA advirtió que los planes podrán caducar automáticamente si el contribuyente incumple las condiciones de pago establecidas.
La pérdida del beneficio se producirá cuando existan dos cuotas impagas, consecutivas o alternadas, transcurridos 60 días desde el vencimiento de la segunda de ellas. También se declarará la caducidad si la última cuota permanece impaga durante 60 días posteriores a su fecha de vencimiento.
En esos casos, el organismo quedará facultado para iniciar acciones judiciales de cobro y emitir las correspondientes boletas de deuda por los montos adeudados. Además, cuando el plan incluya obligaciones aduaneras, se activarán automáticamente las suspensiones previstas en el Sistema Informático MALVINA.
Un alivio fiscal para sectores clave de la economía
La implementación de este régimen se suma a otras herramientas de financiamiento impulsadas por el Estado para facilitar el cumplimiento tributario de pequeñas empresas, contribuyentes y organizaciones sociales. En un contexto de restricciones financieras para numerosos sectores productivos, el nuevo esquema busca ofrecer una vía de regularización que permita ordenar pasivos fiscales y sostener la actividad económica formal sin recurrir a mecanismos de ejecución inmediata.



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