Según explicó el abogado Fernando Acosta, patrocinante de la demanda colectiva contra la norma que prohíbe el uso de glifosato, en los bioinsumos que la provincia pretende que reemplacen a los agroquímicos, “no hubo avances”. Y las inversiones en el campo deben comenzar meses antes de que comience a regir la prohibición, en julio del 2025. Acosta recalcó que dos artículos de la ley son inconstitucionales.
El abogado Fernando Acosta, que representa a los productores agropecuarios misioneros que se presentaron ante la justicia provincial reclamando que dos artículos de la Ley de Bioinsumos son inconstitucionales, dialogó este lunes con Radio Up 95.5 y brindó los argumentos de la demanda colectiva que, en los últimos días, el procurador interino de Misiones Flavio Marino Morchio dictaminó que puede intervenir el Superior Tribunal de Justicia de Misiones.
Acosta recalcó que la ley sancionada en forma express y sin la participación de los productores misioneros, es inconstitucional porque delega la facultad de reglamentación del gobernador al ministro del Agro y porque avanza sobre la competencia federal del SENASA, el organismo nacional que determina qué agroquímicos son aptos o inaptos para la producción agropecuaria.
Sin embargo, el abogado fue más allá y planteó que como la prohibición total del glifosato y otros agroquímicos comienza a regir en julio del año entrante, la ley que beneficia a la empresa AgroSustentable va a perjudicar a la producción en Misiones, porque las inversiones en las chacras deben realizarse meses antes de la cosecha. Y en el presente escenario, productos como el glifosato están aprobados por el SENASA y por la FDA (Administración de Alimentos y Medicamentos) norteamericana, mientras que no ocurre lo mismos con los bioinsumos promovidos por la provincia.
Consultado por este medio sobre la decisión del procurador interino de Misiones, Flavio Marino Morchio, el abogado comentó: “está acción se está tramitando ante el Superior Tribunal de Justicia y el paso siguiente es que se le va a correr traslado al fiscal de Estado (Fidel Duarte) Es decir, cuando nosotros hablamos de correr de traslado es que se le va a requerir la opinión que haga la defensa al estado provincial sobre la constitucionalidad de la ley”, precisó Acosta, aclarando que los productores sólo cuestionan los artículos 5 y 7 de la ley de Bioinsumos y no la totalidad de la norma.
“La queja central está en el artículo séptimo de la ley que prohíbe, a partir de los dos años, publicada en el Boletín Oficial, el uso de la sustancia conocida como glifosato. Esto ya tiene un plazo certero, que es el 4 de julio del 2025”, recalcó el abogado.
En esta línea, Acosta insistió en que “es un paso obligado en el procedimiento donde el fiscal de la Procuración general (Marino Morchio) se expide sobre la competencia del Superior Tribunal para resolver la cuestión. Es importante (porque) se controlan determinados aspectos formales de la acción para que el Superior pueda resolver, en definitiva, pueda dictar las sentencias sobre el fondo de la cuestión”, amplió el abogado que representa a los productores.
Por otra parte, Acosta explicó que lo que ocurra con esta causa, no incidirá en lo que dictamine la Corte Suprema sobre la acción de inconstitucionalidad de la ley de Bioinsumos, impulsada por la Sociedad Rural Argentina. La competencia de la demanda en la provincia “está dada por el domicilio de los actores, es decir, la gente que presentó el reclamo contra la ley, que la consideró inconstitucional porque se trata de una sustancia que está habilitada por una autoridad federal que es el SENASA. Ahora, esto para nada no influye sobre otra acción que está presentada en la Corte Suprema de Justicia de la Nación por parte de los productores que tienen domicilio fuera del territorio de la provincia. Son dos acciones que tramitan en forma separada e independiente”, enfatizó el abogado.
En un tramo saliente de la entrevista, Acosta desmintió lo informado por algunos medios de prensa de Posadas, que sostenían que el STJ debería expedirse dentro de 30 días desde el dictamen del procurador interino. “Esos 30 días hábiles es para que el Estado provincial, más precisamente el fiscal de Estado, presente su defensa. Luego de presentado la defensa del fiscal de Estado, sí, son 90 días que tiene el Superior para expedirse. Pero esos 30 días es para que el Estado presente su defensa”, explicó Acosta, señalando que se trata de días hábiles, por lo que son 45 días corridos para el fiscal de Estad Fidel Duarte y unos 180 días corridos para el STJ.
Asimismo, Acosta explicó por qué plantean que son inconstitucionales los artículos 5 y 7 de la ley de bioinsumos, destacando que hubo una clara intención de que los productores no puedan opinar sobre la norma. “Sorprendió que el trámite de la ley fue muy rápido, fue muy rápido, tal es así que ninguno de los sectores que utilizan o involucrados con la producción, fueron convocados al tratamiento de esta ley. No fueron convocados los sectores y una vez sancionada, fíjese que tardó casi menos de una semana para que sea promulgada y publicada en el boletín oficial”, recordó el abogado.
“Realmente fue un trámite no común y no hubo tiempo de acercar una opinión quizás, no contraria, sino presentar algunas alternativas que podrían haber sido tenidas en cuenta. Lo que hubiera evitado todo este tipo de acciones judiciales que se han presentado”, consideró el letrado.
Además, Acosta destacó que ya habían advertido al gobierno sobre uno de los problemas de prohibir el uso de un producto aprobado por el SENASA, en tiempos en que se prohibió en Misiones, el empleo del glifosato en áreas urbanas y suburbanas. “Yo integro el Coproté (Comisión Provincial del Té), cuando fue (se impulsó) la ley que prohibió el uso de esa sustancia en los ejidos urbanos. Entonces sí fuimos citados y ya en esa oportunidad nosotros habíamos manifestado, que esto no podía ser materia de competencia por parte de la provincia porque eso compete a un organismo nacional o federal que es el SENASA”, reveló el abogado.
“En todo el país está autorizado el uso de esta sustancia y que esto podría traer muchos problemas graves que no parece que se ha advertido todavía. A las reuniones de comisiones de esta ley no fuimos citados y la prueba está en el trámite súper veloz que se dio a la aprobación, al tratamiento y a la publicación de esta ley”, comentó Acosta, poniendo de relieve que la prohibición que instauró Misiones, va en contra de lo dictaminado por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
“La verdad es que no se quiso que los sectores involucrados se han escuchado, esto está claro”, disparó Acosta, crítico de la política agraria en lo que refiere al manejo de herbicidas y fertilizantes.
Para el abogado, los artículos cuestionados en la ley de bioinsumos son claramente inconstitucionales, porque se delega la reglamentación de la norma en la figura de un ministro. “Lo que hace (que la ley sea) inconstitucional son dos razones, una de orden local: en el artículo 5, se delega en el ministro del Agro la reglamentación de la ley, cuando se sabe que el único que puede reglamentar una ley es el gobernador. Eso de por sí es inconstitucional”, subrayó Acosta.
“Y la otra razón más fuerte, que también ha sido tomada por los productores de orden que tienen domicilio fuera de la provincia de Misiones, es que esa materia, la legislación sobre la materia (de los herbicidas y fertilizantes), le corresponde al SENASA. Esto también fue reconocido por el mismo Estado de la Provincia de Misiones en otras leyes anteriores, donde toda la reglamentación de la ley se remite a lo que establece el SENASA”, argumentó, lapidario, Acosta.
“Entonces, me parece que ahí se ha omitido tener en cuenta que la legislación en la materia, le corresponde a un organismo federal y como tal hay que respetarlo”, fustigó el abogado, sin opinar sobre lo que terminará fallando el STJ.
Por último, Acosta apuntó al problema de cuál es el reemplazo permitido para los agroquímicos como el glifosato, poniendo en duda la factibilidad del uso de los bioinsumos que produce una única empresa en Misiones, al tiempo que advirtió que los plazos se están agotando. “Estamos ya prácticamente a un año de entrar en vigencia esta ley. Entonces, la misma ley donde está la prohibición, establece la promoción de un producto, que es el bioinsumo, que aparentemente el objetivo de la ley era sustituir al glifosato. Y el problema está que, sobre ese producto, el bioinsumo, no hubo más avances. Los pocos avances que hubo fracasaron rotundamente”, manifestó Acosta en línea que lo establecido por la FDA norteamericana, que no aprobó los bioinsumos para la producción tealera, por lo que se cerraría el mercado norteamericano para los productores de té, siendo este, el principal importador.
“Creo que no se está prestando a atención a esto. Debería reaccionar el estado provincial y dar una salida porque las inversiones en el sector productivo de la provincia, tienen directa relación con el producto o la herramienta de trabajo que se va a utilizar. Entonces, hay que tener mucho cuidado porque esto puede repercutir gravemente en la producción de la provincia de Misiones y en definitiva en los ingresos que pueda tener por justamente la exportación o la manufactura que producen todos estos productos”, remató Acosta en obvia referencia a la caída de un mercado internacional que adquiere más de la mitad de todas las exportaciones tealeras de Misiones, que exporta el 90% de lo que produce.