La Resolución 300-2024 dispone que el gremio docente que encabeza Mariana Lescafette, denominado Sindicato de Educadores Misionereos Alfredo Bravo (SEMAB-CEA) y tiene sede en Posadas pasa a formar parte del Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores, “con carácter de Asociación Gremial de primer grado, para agrupar al personal docente que se desempeña en relación de dependencia con el Consejo General de Educación de la Provincia de Misiones en todos los niveles. Asimismo, agrupa a los jubilados que hayan adquirido su condición de pasividad encontrándose afiliados a la asociación; con zona de actuación en la Provincia”.
En diálogo con www.radioup.com.ar, la secretaria general del SEMAB-CEA Misiones, Mariana Lescafette explicó: “Hay que aclarar que fue por amparo judicial que se conquistó la inscripción, no fue ni por Cambiemos, ni por Alberto Fernández, ni con Javier Milei, porque nunca nos apoyaron; incluso el gobierno actual apeló; hasta que la Cámara de Apelaciones del Trabajo nos dio favorable. Fue una lucha que ganamos en la justicia después de 9 años”.
La información publicada en la sección Legislación y Avisos Oficiales del Boletín Oficial de la República Argentina tiene fecha del 19 de junio de 2024 y fue gestionada a través del Expediente Nº EX-2019-107767903- -APN-DGDMT#MPYT, con aplicación de las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 del 14 de abril de 1988, 514 del 7 de marzo de 2003, DNU-2023-8-APN-PTE del 10 de diciembre de 2023, Resolución Nº RESOL-2024-204-APN-MCH del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO del 15 de mayo de 2024.
Allí se sostiene que “de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 23.551 y artículo 19 del Decreto Nº 467/1988, encontrándose acreditados los requisitos de nombre, domicilio, patrimonio, antecedentes fundacionales, lista de adherentes, nómina y nacionalidad de los miembros del órgano directivo y agregado el estatuto social”.
Parte del proceso que llegó a feliz término para el sindicato docente que preside, según explicó Lescafette, una vez resentado el Amparo judicial ante la Cámara Nacional del Trabajo, quien falló favorablemente a favor SEMAB-CEA, intimando a la actual Secretaría de Trabajo de la Nación para que en el plazo de 15 días otorgue la Inscripción Gremial solicitada. La Secretaría de Trabajo de la Nación no conforme apeló la decisión de la CNAT presentando un Recurso Extraordinario que debió contestar el SEMAB CEA. Finalmente, la Cámara, en un nuevo fallo, rechazó el mencionado recurso quedando firme la sentencia y obligada la Secretaria de Trabajo a otorgar la mencionada Inscripción Gremial que por derecho corresponde a la asociación sindical de primer grado.
La decisión final publicado el 19 de junio sostiene en sus fundamentos que “la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES, dependiente de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, ha efectuado el control de legalidad, que sobre el estatuto dispone el artículo 7° del Decreto N° 467/1988, no mereciendo objeciones, no obstante, lo cual, prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables, sobre normas estatutarias, en cuanto pudieran oponerse”.
Establece asimismo en su artículo 3: “Intímase a la entidad a que, con carácter previo a toda petición, regularice la situación institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva bajo apercibimiento de lo establecido por el artículo 56, inciso 4), de la Ley N° 23.551”.