El Gobierno nacional emitió un decreto que modificó la vigencia de la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LINTI). Es que ahora, los conductores de transporte de carga y pasajeros que realicen recorridos interjurisdiccionales ya no necesitarán la LiNTI.
Quienes cuenten con licencias otorgadas bajo legislación municipal o provincial junto con la LINTI, podrán canjear sus licencias por una única Licencia Nacional de Conducir categoría C, D o E, antes de la entrada en vigencia de estas modificaciones en 60 días.
Este canje podrá realizarse en cualquier Centro Emisor de Licencias de Conducir. Es importante remarcar que solo estarán habilitados a realizar transporte interjurisdiccional quienes posean la Licencia Nacional de Conducir clases C, D o E.
Lo que hay que saber de la nueva licencia para conductores de transportes
- Vigencia de las licencias profesionales: estos cambios extienden la vigencia de la licencia profesional: será de 5 años para conductores de entre 21 y 65 años, de 2 años para mayores de 65 y de 1 año para mayores de 70. Antes, el plazo máximo era de 2 años.
Obtención y renovación de la licencia profesional: quienes tramiten por primera vez una licencia profesional deberán tener al menos 21 años, contar con un año de antigüedad en la licencia categoría B (autos) y podrán gestionarla en cualquier jurisdicción que se encuentre adherida al sistema nacional.
- Examen psicofísico y un curso teórico-práctico: con una carga mínima de 20 horas, sumado a lo que corresponda a cada clase de licencia y porte del vehículo, con posterior evaluación (anteriormente la exigencia era de 16 horas). Al obtenerla, inicialmente tendrán carácter de aprendiz.
- Renovación de la licencia: también será necesario realizar un examen psicofísico y un curso de actualización en la clase y subclase respectiva, con una carga mínima de 20 horas (este proceso antes requería de una exigencia de 3 horas).
- Obtención o renovación remota: con la carga de datos y documentación, y completarse de forma presencial en los prestadores de formación y médicos habilitados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV). Estos prestadores deberán estar registrados en un registro único, gratuito y digital.
Tanto las instituciones formativas como las de salud, encargadas de realizar las capacitaciones y las evaluaciones psicofísicas a los conductores, deberán cumplir con los requisitos y obligaciones establecidos por la ANSV.
Los prestadores registrados previamente en el Sistema LINTI tendrán un plazo de 90 días para adaptarse a la nueva normativa. Además, a diferencia del esquema anterior, en el que el Estado fijaba los valores de las tarifas, ahora no intervendrá en su regulación.