Mediante la publicación del Decreto 1027/2024 en el Boletín Oficial, el Ejecutivo asignó los tres días que se complementan con sus feriados nacionales para formar un fin de semana extra largo a fin de promover el turismo interno fuera de temporada.
Las fechas fueron comunicadas mediante el Decreto 1027/2024, que lleva la firma tanto del presidente Javier Milei como del jefe de Gabinete, Guillermo Francos y se ampara en el artículo 6° de la Ley N° 27.399 que otorga la facultad al Ejecutivo de fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística y que deben coincidir con los días lunes o viernes.
Feriado puente en 2025: ¿Qué fines de semana serán largos?
Según el artículo 1° del decreto, las fechas designadas son:
- Viernes 2 de mayo, que se suma al Día del Trabajador, que es el 1.
- Viernes 15 de agosto, en la víspera del 17 del mismo mes, paso a la inmortalidad del General José de San Martín.
- Viernes 21 de noviembre, cerca del Día de la Soberanía Nacional, fijada el 20.
El primero de ellos será el viernes 2 de mayo, el cual complementa el feriado nacional del 1º de mayo, el Día Internacional del Trabajador en conmemoración de la sangrienta represión que sufrieran los obreros de la fábrica McCormick, durante varios días de abril y mayo de 1886, en la ciudad de Chicago, con la intención de ser una oportunidad para afirmar sus derechos y su mutua solidaridad.
El segundo llega dos meses después. Precisamente, el viernes 15 de agosto a raíz del feriado del 17 de ese mes en el que se conmemora el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín y que se traslada para el lunes 18, coincidiendo con el Día del Niño.
El último de los fines de semanas extra largo de 2025 será recién el 21 de noviembre. También viernes. El cual amplía el feriado inamovible del jueves 20, con motivo del Día de la Soberanía Nacional, en conmemoración de la batalla de la Vuelta de Obligado que tuvo lugar en 1845, en un recodo del río Paraná, al norte de la Provincia de Buenos Aires.
Boletin-Oficial-Decreto-10272024Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina – Decreto 1027/2024