Este lunes 18 de septiembre se pone en marcha el programa “Compre sin IVA”, que dispone la devolución del impuesto al valor agregado (21%). Los comercios estarán identificados con una etiqueta.
Este sábado, la AFIP oficializó la devolución del IVA para jubilados, monotributistas y trabajadores registrados con salarios hasta $708.000. La medida regirá entre el 18 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2023.
Así, la medida que había anunciado en la semana el ministro de Economía, Sergio Massa, fue instrumentada mediante la resolución general 5418 del ente recaudador, publicada este sábado en el Boletín Oficial. Comienza a aplicarse desde este lunes e implica una reducción considerable en el costo de los productos esenciales –alimentos y artículos de limpieza, entre otros– cuyos precios se dispararon con la última devaluación decretada por el gobierno tras las elecciones PASO, del 22 por ciento en la cotización del dólar oficial.
Para tomar dimensión del impacto devaluatorio en la escalada de los precios, basta tomar como referencia el índice inflacionario de agosto, que superó los 12 puntos a nivel país y los 14 puntos en el NEA, la inflación más alta desde el año 1991.
De acuerdo con TN, existe un puñado de claves para entender y aprovechar el funcionamiento del programa que exime del IVA a productos de primera necesidad.
En primer lugar, accederán al beneficio más de 21 millones de personas. Este universo lo componente los 7 millones de jubilados y pensionados con ingresos de hasta $524.754 (equivalentes a 6 haberes mínimos); los 2,5 millones de beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH); los 2,3 millones de monotributistas de todas las categorías (que no cuenten con otros ingresos); los 9 millones de empleados en relación de dependencia con ingresos de hasta $708.000 (6 salarios mínimos); los 440.000 trabajadores del Régimen del Personal de Casas Particulares; más los titulares de la Tarjeta Alimentar y los titulares del programa Potenciar Trabajo.
Asimismo, existe un tope al reintegro del 21% que es de $18.800 mensuales por persona, no por grupo familiar, según indicó el jefe de la AFIP, Carlos Castagnetto. Es decir, cada persona podrá consumir hasta $89.523 por mes, en productos esenciales, recibiendo una devolución del 21% en operatorias con tarjeta de débito. Y si en una familia, un integrante es trabajador en relación de dependencia y el otro monotributista, ambos dispondrán del beneficio por separado.
El reintegro se deposita hasta 48 horas después de la compra, de forma automática y en la cuenta bancaria de la tarjeta de débito asociada. Según la resolución general 5418 de la AFIP, las compras realizadas hasta las 17 hs., de un día serán reintegradas a las 24 horas de efectuado el consumo. Mientras que las operaciones efectuadas después de las 17 se acreditarán en la cuenta del consumo a las 48 horas. Por el momento y hasta que la AFIP precise el sistema por productos, la devolución del dinero será sobre el total del ticket.
Para acceder al reintegro del 21%, las compras se deben realizar en cualquier comercio que venda productos de la canasta básica, como supermercados, almacenes, carnicerías, verdulerías, entre otros. Sin embargo, debe tratarse de comercios que estén inscriptos en la AFIP. De tal forma, los locales adheridos estarán identificados con una etiqueta alusiva al programa “Compre sin IVA”.
Además, desde la AFIP informaron que el beneficio también estará disponible para las compras online abonando con tarjeta de débito. Por el momento, no está disponible para billeteras virtuales.
Por otra parte, la devolución del IVA no es excluyente, ya que se acumula con otras promociones bancarias o de comercios.
En tanto, es preciso remarcar que los consumidores no deben realizar ningún trámite para acceder a los reintegros, que serán automáticos en todos los comercios que vendan productos de la canasta básica alimentaria y estén inscriptos en la AFIP.
Por último, la lista de productos que entran dentro del programa de reintegro del IVA es la siguiente: Carnes de vaca, de cerdo, de pescado y de pollo; lácteos (quesos, leche y otros derivados); harinas de todo tipo; pan y todos sus derivados; frutas y verduras; aceites y mantecas naturales; granos de todo tipo (lentejas, cebada, garbanzos, entre otros); condimentos; bebidas alcohólicas y no alcohólicas; café; yerba; fiambres y menudencias; y productos de higiene personal.
Sobre el mismo tema podés leer: Inflación en el NEA | En un año, el azúcar subió 204%, las verduras 172% y la electricidad 160%
La inflación de agosto fue la más alta de los últimos 32 años: 12,4 por ciento