La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció una nueva prórroga para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias 2025. La extensión lleva el vencimiento hasta el 13 de octubre de 2026, de acuerdo con la Resolución General 5898/2026 publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La medida alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas, tanto correspondientes al régimen general como al simplificado. Según la normativa, la decisión responde a razones vinculadas con la administración tributaria y apunta a facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Nueva fecha para presentar la declaración de Ganancias 2025
Con la nueva disposición, los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 13 de octubre de 2026, inclusive, para cumplir con la presentación de la declaración jurada correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
Se trata de la tercera extensión del plazo dispuesta por el organismo durante el actual período de vencimientos. El cronograma original había sido modificado primero hasta el 27 de julio y posteriormente hasta el 22 de septiembre.
La nueva resolución vuelve a modificar exclusivamente el calendario correspondiente a la presentación de la declaración jurada.
El vencimiento del pago de Ganancias no cambia
La prórroga establecida por ARCA no modifica el vencimiento del saldo a pagar correspondiente al Impuesto a las Ganancias 2025.
De acuerdo con el esquema dispuesto por el organismo, el pago del saldo resultante mantuvo como fecha de vencimiento el 27 de julio de 2026. De esta manera, continúa vigente la separación entre el plazo para presentar la declaración jurada y el correspondiente al ingreso del importe determinado.
Esta diferenciación ya había quedado establecida a partir de las extensiones anteriores.

Qué ocurre con el primer anticipo de Ganancias 2026
La nueva resolución también establece que no habrá una nueva prórroga para el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026.
Ese vencimiento había sido postergado previamente a fines de agosto. Con el nuevo esquema, las personas humanas y sucesiones indivisas deberán ingresar el anticipo hasta el 24 de septiembre de 2026, inclusive.
Por lo tanto, la extensión anunciada por ARCA se limita al plazo de presentación de la declaración jurada correspondiente a 2025 y no alcanza al primer anticipo del ejercicio fiscal 2026.
Cómo queda el calendario de Ganancias
Con la nueva disposición, las principales fechas quedan establecidas de la siguiente manera:
- Declaración jurada de Ganancias 2025: hasta el 13 de octubre de 2026.
- Pago del saldo de Ganancias 2025: venció el 27 de julio de 2026.
- Primer anticipo de Ganancias 2026: hasta el 24 de septiembre de 2026.
La medida fue formalizada mediante la Resolución General 5898/2026, publicada en el Boletín Oficial, y constituye una nueva modificación del cronograma previsto para las obligaciones del impuesto.
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