La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó cuáles son los montos a pagar del monotributo para este mes de marzo 2025, los topes de las categorías, y los de transferencias desde cuentas bancarias y billeteras virtuales.
El Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, mejor conocido como “monotributo”, es uno de los más populares en el país, ya que abarca a un gran número de contribuyentes.
En esa línea, la ARCA confirmó cuándo se puede volver a hacer la recategorización de ingresos, y también lanzó el Monitor de Facturación, una herramienta útil para calcular el límite entre una categoría y otra según los ingresos que tenga cada monotributista.
Categorías en marzo 2025
- Categoría A: $ 7.813.063,45
- Categoría B: $ 11.447.046,44
- Categoría C: $ 16.050.091,57
- Categoría D: $ 19.926.340,10
- Categoría E: $ 23.439.190,34
- Categoría F: $ 29.374.695,90
- Categoría G: $ 35.128.502,31
- Categoría H: $ 53.298.417,30
- Categoría I: $ 59.65 7.887,55
- Categoría J: $ 68.318.880,36
- Categoría K: $ 82.370.281,28
La actualización en marzo 2025 incrementa las escalas y cuotas, reflejando un aumento del 21,14% en base al IPC.
¿Cuánto sale pagar el monotributo?
- Categoría A: $ 32.221,32
- Categoría B: $ 36.679
- Categoría C: $ 42.951,26
- Categoría D: $ 55.047,33
- Categoría E: $ 77.946,73
- Categoría F: $ 98.096,95
- Categoría G: $ 149.836,63
- Categoría H: $ 340.061,68
- Categoría I: $ 626.993,55
- Categoría J: $ 759.420,03
- Categoría K: $ 1.050.323,75
Leer más: ANSES | El Gobierno oficializó un bono extraordinario de $70.000 para marzo para los jubilados
Si bien la facturación anual es uno de los principales parámetros, también existen otros parámetros para saber qué categoría del monotributo te corresponde, como la superficie afectada, la energía eléctrica consumida anualmente, los alquileres devengados anualmente y el precio unitario máximo para venta de cosas muebles. Se pueden chequear los topes en la página oficial de ARCA
Si superas el límite de facturación de tu categoría esto debes saber:
Si un contribuyente supera los límites de facturación establecidos para la categoría, deberá recategorizarse en la siguiente categoría o en la que corresponda. Los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio, y cuando llegan se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses.
En caso de que el exceso de facturación sobrepase incluso los límites de la categoría más alta del Monotributo (categoría «K») se deberá pasar al régimen general, lo que implica una mayor carga impositiva y mayores obligaciones.