Mediante la Comunicación A 8137 emitida por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) implementó nuevas medidas que flexibilizan los plazos para el ingreso de divisas provenientes de exportaciones y colocaciones de deuda en el exterior.
En este sentido, el período general, que oscila entre 15 y 180 días corridos según la posición arancelaria, se extiende hasta 365 días corridos en el caso de exportaciones realizadas bajo el régimen Exporta Simple.
Esta medida busca otorgar mayor flexibilidad en el manejo de fondos y mejorar las condiciones de financiamiento externo. Hasta ahora, el plazo más corto de 15 días corridos, era el que aplicaba a exportaciones de soja, maíz, y trigo. A partir de esta medida, se ampliará a 30 días corridos. Complementariamente, si el exportador cobra su venta al exterior, cuenta con un plazo de 5 días hábiles para su ingreso y liquidación. En este sentido, este plazo se amplía a 20 días hábiles, según fuentes oficiales.
La normativa también afecta a las exportaciones de servicios, ya que, el plazo actual es de 5 días hábiles desde la fecha del cobro y también pasa a 20 días hábiles.
Además, la disposición del BCRA flexibiliza el manejo de los dólares que obtienen las empresas a partir de la toma de deuda financiera en el exterior.
A pesar de que las normas cambiarias no exigen el ingreso y liquidación de endeudamientos financieros con el exterior, actualmente es condición haberlo liquidado, con el objetivo de poder acceder al mercado oficial y atender sus servicios de capital e intereses.
Lo habitual es que el primer servicio de interés caiga entre 90 y 180 días desde la emisión. En esta línea, el plazo del primer servicio de intereses termina actuando como plazo máximo para la liquidación.
En tanto que, las condiciones que permiten acceder al mercado para cualquier concepto de salida de divisas del país, los entes jurídicos debían presentar una declaración jurada indicando que no contaban con más de USD 100.000 de fondos de libre disponibilidad en el exterior
Esta condición también impacta en el plazo que puede liquidar un endeudamiento en el exterior una firma que toma deuda y que accede regularmente al mercado, como; el pago de importaciones de bienes y servicios.
La nueva normativa también establece que el plazo para el pago de importación a firmas no vinculadas por servicios culturales, personales y recreativos que actualmente es de 90 días, se lleva a 30 días, que es el plazo general para los servicios que aún están alcanzados por plazos de pago. Hay algunos, como turismo y salud, que no tienen plazo.
Impacto de las medidas
Estas modificaciones buscan alinear las normativas locales con prácticas más flexibles, favoreciendo el acceso al financiamiento internacional y facilitando la operatoria de las empresas exportadoras e importadoras. En este contexto, el BCRA se posiciona para adaptarse a los desafíos de un mercado cambiario que apunta hacia una unificación progresiva.
La medida forma parte de un plan económico que, junto con la acumulación de reservas internacionales y el acuerdo con el FMI, constituye un paso clave hacia el levantamiento del cepo y la integración de Argentina en los mercados internacionales.
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