Desde 2020, está vigente la decisión administrativa de la Jefatura de Gabinete que permitía el uso de datos individuales recopilados con fines sanitarios en el contexto de la pandemia. Finalizada la crisis sanitaria, se mantuvo la recopilación e intercambio de información sensible entre agencias del gobierno, según explicó Eliana Andrade, del Observatorio de Derecho Informático.
En los últimos días, la Sala V de la Cámara Contenciosa Administrativo Federal, revocó un fallo de primera instancia que había rechazado un amparo que presentó el Observatorio de Derecho Informático, contra el mal manejo, recopilación y utilización de datos personales sensibles, sin el consentimiento de los ciudadanos, entre agencias gubernamentales y/o privadas. La medida judicial ordena al Estado nacional y los Estados provinciales, destruir las bases de datos personales que se conformaron a partir de la decisión administrativa 431/2020 de la Jefatura de Gabinete, que en tiempos de pandemia habilitó la circulación de información sensible de los ciudadanos –por ejemplo, datos sobre la salud–, y pasada la crisis por el coronavirus 2, mantuvo la vigencia de esta resolución que viola los derechos de privacidad.
Contra esta decisión administrativa, el Observatorio de Derecho Informático, a través de su referente Eliana Andrade, presentó un amparo para proteger esos datos sensibles que fue rechazado en primera instancia y confirmado por la Cámara de Apelaciones en los Contencioso Administrativo, con lo que la justicia federal ordenó al Ejecutivo Nacional, presentar un plan “de borrado integral de las bases de datos que se crearon en su momento”- En diálogo con el programa “El País de la Libertad”, Andrade brindó detalles del fallo y sus implicancias en materia de protección de datos sensibles, en el marco del derecho a la privacidad. Y remarcó que el plan de borrado de las bases de datos con esta información, alcanza a los estados provinciales e inclusive a aplicaciones privadas como la que emplea el ministerio de salud pública de Misiones.
Adelanto.