Lo propuso el abogado y ex vicepresidente de la Federación de Colegios de Abogados, Rodrigo Bacigalupi, quien remarcó que “es el momento de modernizar nuestra legislación”. Además, consideró que “probablemente” la Corte no se va a expedir sobre la constitucionalidad del paquete de reformas a menos que se demuestre “que el derecho afectado desaparece”.
La constitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia firmado por el presidente Javier Milei, es uno de los temas centrales del actual escenario político, económico e institucional del país, donde sectores del oficialismo insisten en que es legal el mega decreto que contiene más de 300 artículos de desregulación de la economía, y sectores de la oposición aseguran lo contrario y apuestan a hacer caer el paquete de normas en la Justicia o en el Congreso de la Nación, que deberá pronunciarse sobre el tema en un plazo incierto.
Al respecto del futuro del DNU que entrará en vigencia el próximo 29 de diciembre, y sobre las cuestiones legales y el accionar de la Corte y de los jueces de primera instancia, que ya están recibiendo amparos contra la norma, www.radioup.com.ar consultó al abogado y constitucionalista misionero Rodrigo Bacigalupi, el expresidente del Colegio de Abogados de Misiones y exvicepresidente de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), quien brindó precisiones técnico–jurídicas sobre las implicancias y alcances del mega decreto de Milei.
Consultado sobre la suerte de los amparos judiciales contra el mega DNU, el abogado consideró que los mismos “van a prosperar en la medida de que no esté vinculada la emergencia con la materia de que se trata. Por ejemplo, el tema de las farmacias: liberar la venta de medicamentos de venta libre en kioscos o en cualquier lugar. (Eso) no está muy vinculado a la emergencia. No tiene mucha relación entre emergencia económica, de salud o sanitaria con que se vendan los medicamentos de venta libre en un kiosco”, puntualizó.
“O que se puede instalar una óptica en una farmacia. Eso no tiene nada que ver con una emergencia. Hay un montón de normas que no tienen nada que ver. Los planteos que estén orientados hacia eso, hacia la utilización abusiva de la herramienta del decreto de necesidad de urgencia, yo creo que la justicia los tiene que declarar inconstitucionales. A los que no estén vinculados, yo calculo que no lo harán. Creo que la justicia va a acompañar las medidas de emergencia económica reales, pero las otras, las que no tienen que ver, deberían ser cuestionadas y declaradas inválidas”, consideró el profesor de Derecho.
Sin embargo, Bacigalupi puso de relieve que “la mayoría de las instituciones están calladas” respecto del DNU de Milei. “Es porque durante estos últimos cuatro años se fueron produciendo cambios en todas las instituciones y fueron perdiendo influencia, peso y participación en la vida pública. Toda clase de institución. Es como que se ha tendido a debilitar las instituciones y que queden para cumplir tareas menores. Esa fue la tendencia de los últimos cuatro años. Fueron retirándose y dejando que el gobierno o que los gobiernos hagan lo que quieran”, cuestionó el extitular del Cademis.
No obstante, Bacigalupi remarcó que en algunos puntos especialmente urticantes del DNU, la justicia podría validar el paquete de normas que buscan desregular la economía. “Por ejemplo, en el caso de la ley de alquileres. Que la derogue por un decreto no está bien, pero puede llegar a pasar la (prueba de) constitucionalidad de esa derogación por el hecho de que hay una emergencia vinculada a la falta de contratos de gente que quiera dar en locación, sobre todo en Buenos Aires. Aquí en Misiones no pasa eso. Me parece que en este punto sí puede haber una convalidación del decreto respecto de la Ley de Alquileres porque refuerza la autonomía de la voluntad. Y sigue el alineamiento del plan de gobierno que es mayor libertad en las transacciones entre particulares y menor intervencionismo. Esto la Corte Suprema lo ha convalidado en muchos casos”, subrayó el abogado.
Uno de los planteos que vienen realizando organizaciones gremiales contra el DNU de desregulación de la economía, tiene que ver con el derecho a huelga garantizado por la Constitución Nacional, entre otros derechos laborales. Al respecto, Bacigalupi explicó: “el Artículo 14 (de la CN) dice claramente que los derechos que se reconocen en la Constitución pueden ser reglamentados. Aunque dice ‘por las leyes’ que reglamenten su ejercicio, y este decreto no es una ley. Lo que pasa es que el artículo 99 inciso 3, tercer párrafo (de la CN), habla de los decretos de necesidad de urgencia que cuando la situación es de emergencia, habiliten el dictado de estas normas”, argumentó el profesor universitario.
“Respecto al artículo 14 bis (de la CN) me parece que no está afectada la indemnización, ni lo que se llama la estabilidad impropia. Una vez que uno despide a un trabajador debe indemnizarlo. El artículo 245 de la ley de contrato de trabajo se mantiene, no fue modificado. Sí se le da la posibilidad al empleador de pagarlo en cuotas. Lo que se quitan son algunas leyes que imponen indemnizaciones, pero que son del tipo multa por deficiente registración, que suele ser lo que utilizan los jueces para agrandar la indemnización y perjudicar mucho el proceso de pago”, subrayó Bacigalupi sobre los capítulos del DNU que afectan a la llamada “industria del juicio”.
Vale recordar que el Artículo 14 bis de la CN, define: “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial”.
Por otra parte, Bacigalupi se refirió a lo que podría ocurrir con los amparos presentados contra el DNU en el fuero ordinario, de primera instancia, y remarcó que podría haber declaraciones de inconstitucionalidad, pero sobre artículos específicos del DNU y no de la totalidad del mega decreto. “El juez puede declarar, como es una norma ómnibus, la inconstitucionalidad de la norma que afecta a la parte. No tiene por qué declarar la inconstitucionalidad de todo el decreto”, planteó.
“Las inconstitucionalidades van a ser específicas sobre casos concretos y sobre afectaciones de derechos concretos. Ese, creo, es el gran problema que van a tener todos los amparos que se presenten ahora estos días. La inexistencia del caso concreto, porque van a ser meramente declarativos. Hasta tanto no impacten una situación concreta, cualquier planteo me parece que deberá ser rechazado”, enfatizó Bacigalupi a este medio, dejando en claro que no analizó exhaustivamente el mega DNU que contiene 366 artículos.
En tanto, Bacigalupi también se refirió al accionar de la Corte Suprema con respecto al DNU, que podría llegar a los ministros del principal tribunal del país, vía Per Saltum. “Me parece que todo lo que sea razonable y este es el criterio que ya marcó (el presidente de la Corte Suprema Horacio) Rosatti, ‘donde haya razonabilidad’ lo van a mantener (al DNU)”, analizó Bacigalupi.
“El problema es cuando algo se vuelva irrazonable, es decir, cuando el derecho afectado desaparece”, subrayó el abogado.
Sin embargo, dependiendo del caso, es debatible si realmente desaparece un derecho con el DNU, y para graficar este planteo, Bacigalupi tomo por ejemplo el caso de los ópticos. “En el caso de que los ópticos se presenten a pedir la inconstitucionalidad de la norma que habilita la instalación de casas de óptica en farmacia, ¿cuál es el derecho afectado? En realidad, es discutible porque si la reglamentación va a seguir generando, va a seguir reglamentando la instalación de casas de óptica, aunque sea en farmacias, mientras se cumplan las normas básicas que son, por ejemplo, que haya un técnico óptico, que tenga dimensiones apropiadas, que esté separada de (la farmacia) todo eso. En la medida que eso se mantenga, la justicia dice, ¿dónde está la afectación del derecho o la pérdida del derecho o la desaparición de la esencia del derecho?”, hipotetizó el abogado constitucionalista.
No obstante, Bacigalupi aclaró que esta situación podría darse a nivel nacional y no en Misiones, porque existe una normativa provincial específica que regula la actividad de las farmacias. En el caso de los ópticos y las farmacias, el DNU solo se aplica “para el orden nacional, y no para el caso de las provincias donde rigen leyes provinciales. En el caso de Misiones, las farmacias tienen impedido por su propia ley, la instalación de casas de ópticas dentro de las farmacias. De modo que para que pueda ocurrir, debería modificarse la ley provincial o el estado provincial, adherir a este decreto de necesidad y urgencia”, subrayó Bacigalupi.
Para el abogado, el quid de la cuestión del DNU en la justicia, pasa por la razonabilidad jurídica de las normas. “Esto es lo que va a controlar (la Justicia). Razonabilidad es la no afectación de un derecho más allá del criterio de razonabilidad y proporcionalidad. La clave está en el artículo 28 de la Constitución Nacional. Ahí se va a definir todo. Yo creo que por las cuestiones formales, van a ser pocas las veces que la Corte se va a inclinar por la inconstitucionalidad. Es decir, cuestiones formales me refiero a mira esto, (que el DNU) no era una cuestión de urgencia. Yo creo que en ese caso van a rechazar”, vaticinó el abogado.
Para Bacigalupi, inclusive, los ministros de la Corte Suprema “probablemente ni se expidan (sobre la constitucionalidad del DNU de Milei), y lo van a rechazar directamente por la aplicación del artículo 280 del código de procedimiento que es, este caso no es relevante. A la Corte no le interesa y van a rechazar los recursos, en la medida que las sentencias anteriores hayan rechazado la inconstitucionalidad”, precisó el abogado.
En un plano político, el abogado que llegó a ser el segundo al mando de la FACA, propuso que el Congreso convalide el DNU presidencial, y después, introduzca normas que modifiquen los puntos que los legisladores consideren necesarios, una vez firme la reforma impulsada por Milei.
“Una idea sobre lo que debería hacer el Congreso, desde mi punto de vista, es aprobarlo o no rechazarlo (al DNU) Y todas aquellas normas que el Congreso entienda que no está de acuerdo, debería dictar una ley o tantas leyes como sean, correctivas del DNU y de las normas derogadas. Es el momento de modernizar nuestra legislación. La mayoría de normas son normas muy antiguas. Todas aquellas normas que el Congreso entienda que deberían ser rescatadas o renovadas o mejoradas. Esta es la oportunidad de trabajar bien, sin derogar el DNU, pero luego modificándolo en aquellas partes que para el Congreso sea necesario mejorar”, planteó el abogado.
Por último, Bacigalupi aclaró que, contrario a lo que sostienen algunos “libertarios” de manera completamente errada, la comisión bicameral permanente de trámite legislativo podrá analizar el DNU de Milei sin que el presidente lo remita al Congreso. “No importa que (el Presidente) no lo remita, dentro de los 10 días la bicameral puede abocarse directamente según lo que dice la ley al tratamiento del DNU para expedirse en un dictamen”. No obstante, “el dictamen que realiza la comisión bicameral no es vinculante, y para que el DNU se caiga (quede nulo) deben rechazarlo ambas cámaras, la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores. Si esto no ocurre, el DNU queda vigente”, concluyó el profesor de Derecho Constitucional.
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