El Gobierno nacional amplió los bloques de consumo eléctrico bonificable para las regiones más cálidas del país y reglamentó el nuevo Régimen de Zona Fría, mediante dos resoluciones de la Secretaría de Energía publicadas este martes 27 de octubre en el Boletín Oficial. Las medidas modifican los criterios de aplicación de los subsidios energéticos para usuarios residenciales y establecen condiciones diferenciadas según la región, el consumo y los requisitos de acceso.
La modificación de los subsidios eléctricos eleva hasta 500 kWh mensuales el bloque de consumo bonificado para las zonas clasificadas como Muy cálido, durante seis meses del año. La decisión busca contemplar la mayor demanda de electricidad asociada al uso de aires acondicionados y otros equipos de refrigeración durante los períodos de temperaturas elevadas.
Según los fundamentos oficiales, la medida responde a presentaciones realizadas por distintas provincias y entidades representativas de las jurisdicciones comprendidas en las zonas bioambientales Cálido y Muy cálido. Los planteos fueron evaluados junto con información técnica de CAMMESA sobre el comportamiento del consumo residencial durante los períodos de calor.

Subsidios de luz en el norte argentino, cuánto consumo estará bonificado
La Resolución 300/2026, firmada por la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, modifica los consumos base establecidos en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). La normativa actualiza los límites utilizados para calcular las bonificaciones, sin alterar la clasificación climática ni la delimitación geográfica de las zonas alcanzadas.
Los bloques de consumo quedan establecidos de la siguiente manera:
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Zonas Muy cálido (Ia y Ib): tendrán un consumo base bonificable de 500 kWh mensuales entre noviembre y abril. De mayo a octubre, el límite será de 300 kWh por mes.
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Zonas Cálido (IIa y IIb): contarán con un bloque de 370 kWh mensuales durante diciembre, enero y febrero. Entre marzo y noviembre, el consumo base bonificable será de 300 kWh por mes.
La diferencia responde a las condiciones climáticas de cada región. En las zonas Muy cálido, la bonificación sobre un bloque de hasta 500 kWh se extiende durante seis meses, mientras que en las zonas Cálido el límite más elevado se concentra en los tres meses centrales del verano.
La actualización busca adecuar los parámetros del régimen de subsidios a las necesidades de los hogares que enfrentan temperaturas elevadas y una mayor utilización de electricidad para refrigeración.
Qué ocurre con los subsidios eléctricos en el resto del país
Para los hogares incluidos en la categoría Resto, la resolución mantiene los bloques de consumo establecidos en la normativa anterior. El límite será de 300 kWh mensuales en enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre, mientras que en marzo, abril y noviembre se aplicará un consumo base de 150 kWh.
Además, el anexo de la resolución contempla una disposición específica para septiembre y octubre de 2026, meses en los que la categoría Resto mantiene un bloque de 200 kWh mensuales.
De esta manera, el cambio se concentra en las regiones con mayores temperaturas, mientras que para las demás jurisdicciones continúan vigentes los parámetros previamente establecidos.
La Secretaría de Energía también aclaró que la medida no modifica la clasificación ni los límites geográficos de las zonas bioambientales, definidos a partir de la norma IRAM 11603:2012. La resolución actualiza exclusivamente los bloques de consumo base utilizados para calcular los subsidios eléctricos y entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial.
Zona Fría, cómo funcionan los descuentos del 50% y del 20% en el gas
En paralelo, el Gobierno reglamentó el nuevo Régimen de Zona Fría mediante la Resolución 299/2026, que establece bonificaciones diferenciadas sobre el precio del gas natural y del gas propano distribuido por redes.
La normativa fija una bonificación del 50% para los usuarios residenciales de la Región Patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la región de la Puna. El beneficio también comprende a los usuarios del Servicio General P de las localidades abastecidas con gas propano indiluido por redes.
A ese esquema se suma una bonificación adicional del 20% sobre el precio del gas correspondiente a los consumos base de determinados hogares incorporados al régimen de Subsidios Energéticos Focalizados.
Para acceder a ese descuento adicional, los usuarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:
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Estar inscriptos en el régimen SEF.
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Tener el suministro ubicado en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI.
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Reunir los criterios legales de elegibilidad establecidos para recibir el beneficio.
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No estar comprendidos en la bonificación territorial del 50%.
La resolución también establece un tratamiento específico para las entidades de bien público, los clubes de barrio y otras organizaciones sin fines de lucro asimilables, que recibirán la bonificación adicional del 20% sobre la totalidad del volumen consumido.
Cómo se aplicarán los nuevos descuentos en las facturas de gas
La implementación de las bonificaciones estará a cargo de las distribuidoras y subdistribuidoras de gas, que deberán aplicar los descuentos a partir de un padrón elaborado con información del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF).
La Resolución 299/2026 rige desde el 27 de octubre, aunque sus disposiciones se aplicarán a los consumos comprendidos desde la entrada en vigencia de la Ley 27.828, publicada el 13 de octubre.
Así, las dos resoluciones actualizan los criterios de aplicación de los subsidios energéticos con alcances diferentes: una amplía los bloques de consumo eléctrico bonificable en las regiones más cálidas, mientras que la otra reglamenta los descuentos sobre el precio del gas para los usuarios que cumplan las condiciones previstas.
El Fondo de Asistencia Laboral comenzará a aplicarse en diciembre de 2026
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