La decisión de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza de condenar a Refres Now S.A., fabricante de la gaseosa Manaos, a pagar más de $807 millones a un exvendedor volvió a encender el debate sobre las indemnizaciones laborales y el alcance de la discrecionalidad judicial.
En primera instancia, la Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael había fijado una condena de $1.463 millones. Tras la apelación de la empresa, el máximo tribunal mendocino redujo el monto a $807 millones a valores de abril de 2025, discriminados en $223 millones de indemnización y $584 millones en intereses, que continúan acumulándose hasta el efectivo pago.
El empresario y fundador de la firma, Orlando Canido, expresó su desconcierto ante la cifra.
“No sé qué cuenta hacen para llegar a esas cifras”, afirmó en diálogo con Infobae, y recordó que el demandante había trabajado “unos seis o siete años” como vendedor.
La disputa judicial

El exvendedor se desempeñó como distribuidor en Mendoza, San Juan y La Pampa entre 2013 y 2022. En su demanda denunció despido sin causa, irregularidades en la registración laboral, descuentos indebidos y evasión previsional.
Sostuvo que comenzó a trabajar en octubre de 2013, aunque la formalización del vínculo recién se habría concretado en 2015, y que durante años se utilizaron contratos que no reflejaban la realidad laboral.
La Corte mendocina confirmó la existencia de despido y relación laboral encubierta, pero modificó el cálculo de intereses. Aplicó la tasa de préstamos de libre destino del Banco Nación, consideró el perfil económico del trabajador y dispuso que la empresa pague la suma en un plazo de cinco días.
Para Canido, el fallo resulta “insólito y absolutamente fuera de contexto”. El empresario aseguró que respeta los derechos laborales, aunque sostuvo que la legislación debe revisar el esquema de indemnizaciones. “A lo mejor tenía tres provincias y le dejaron una y por eso hizo juicio”, deslizó.
Debate en medio de la reforma laboral
El caso impactó de lleno en la discusión sobre el proyecto de modernización laboral que recibió media sanción en el Senado. Uno de los ejes de la iniciativa es definir con mayor precisión los conceptos indemnizatorios y limitar la discrecionalidad judicial en el cálculo de intereses y actualizaciones.
En el podcast “La Fábrica”, Canido ya había mencionado el litigio. Allí cuestionó lo que consideró un uso abusivo de la figura del despido indirecto:
“Hoy un empleado que trabaja un año manda una carta documento y se considera despedido. Ve la posibilidad de ganar plata sin trabajar y no lo duda”.
Durante ese mismo intercambio, Domingo Contessi, presidente de Astilleros Federico Contessi, se manifestó “totalmente a favor de la reforma laboral” y criticó la percepción extendida —según afirmó— de que corresponde indemnización aun cuando el trabajador renuncia.
Otros precedentes millonarios

El caso de Manaos se suma a una serie de fallos laborales con montos elevados que generaron controversia.
Uno de ellos involucró al restaurante Piegari, donde un exmozo demandó por $270 millones y obtuvo un embargo por $155 millones tras considerarse despedido durante la pandemia.
Otro antecedente fue el de la firma de indumentaria infantil Naranja Mandarina, en Junín, donde un exviajante logró un fallo por $160 millones. Al no poder afrontar el depósito exigido por la Corte bonaerense, la empresa quedó embargada y al borde de la quiebra.
También la Fundación ProVivienda Social enfrenta una condena laboral por $184,6 millones en un litigio iniciado por un gasista que alegó relación de dependencia. La entidad apeló ante la Corte porteña y cuestionó la valoración de testimonios y la aplicación de normas derogadas.

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Un precedente bajo la lupa
El fallo contra Refres Now S.A. se convirtió en un precedente relevante tanto por el monto como por la interpretación judicial sobre la relación laboral y el cálculo indemnizatorio.
Mientras la empresa analiza nuevas estrategias legales —“ahora todo está en manos de un estudio jurídico”, indicó Canido—, el caso continúa alimentando un debate más amplio sobre la seguridad jurídica, la generación de empleo y el equilibrio entre protección laboral y sostenibilidad empresarial.
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