Al oficializar a través del Boletín Oficial la firma del presidente de la Nación, queda abierto el conflicto de poderes planteado a partir de la votación del Senado de hace una semana, otorgando acuerdo al pliego de Ana María Figueroa, pese a que la Corte Suprema la declaró cesante por cumplir los 75 años (Art. 99 Inciso 4 de la Constitución) sin contar con el aval parlamentario. Este miércoles, Figueroa no se presentó al que era su despacho.
El decreto 502/2023 oficializó este miércoles lo suscripto por el presidente Alberto Fernández sobre la jueza Ana María Figueroa: la designación de la magistrada tras el prestado por el Senado de la Nación, 50 días después de haber cumplido la edad jubilatoria.
“En uso de las facultades que le otorga el artículo 99, inciso 4, tercer párrafo de la Constitución Nacional” es que el mandatario nombra “por el término de cinco años a partir del 9 de agosto de 2023, vocal de la Cámara Federal de Casación Penal a la doctora Ana María Figueroa, quien oportunamente fue nombrada por el Poder Ejecutivo Nacional para desempeñar dicho cargo mediante el decreto N° 143 del 4 de febrero de 2013”, sostiene el documento difundido en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Fernández.
El texto del decreto abre a partir de ahora un conflicto de poderes entre el Gobierno y la Corte Suprema de Justicia, que hace algunas semanas había dispuesto el cese de funciones de la jueza, que el pasado 8 de agosto cumplió 75 años de edad y no había recibido para entonces la habilitación de una prórroga a través del Senado de la Nación. La Corte firmó una resolución dejando cesante a la magistrada desde el 8 de agosto, por no conseguir el aval parlamentario a su pliego antes de cumplir los 75 años, edad que el artículo 99 inciso 4 establece como límite para la jubilación de los jueces federales.
Sin embargo, por orden de la vicepresidente Cristina Kirchner, el jueves pasado el oficialismo logró la aprobación del pliego a través de una votación que terminó empatada en 35 votos y que fue desempatada por la presidenta provisional del Senado, Claudia Ledesma Abdala de Zamora. Para que la votación tuviera lugar, fue clave que los senadores misioneros Maurice Closs y Magdalena Solari Quintana, acompañaran el quorum de la sesión.
Varios constitucionalistas consideran que el conflicto entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, en última instancia, los tendrá que resolver la Corte Suprema, porque la designación de Figueroa se va a judicializar. De hecho, la abogada Jimena De La Torre, miembro del Consejo de la Magistratura –el órgano constitucional que designa y remueve jueces y fiscales federales– confirmó haber solicitado “a la Comisión de Selección de [la Magistratura] que proceda a dar de baja a la Dra. Figueroa como jurado del Concurso 495 para jueces penales federales con funciones de ejecución con asiento en Rosario por haber perdido su condición de magistrada”.
En ese marco explosivo, se confirmó que Figueroa no acudió a los tribunales de Comodoro Py este miércoles, pese al decreto del presidente Alberto Fernández. Podría presentarse este jueves, porque el juez Mariano Borinsky, a cargo actualmente de la presidencia de la Casación, convocó a un acuerdo a todos sus colegas.
Según Infobae, la reunión fue convocada para tratar el tema de la vocalía 9. Se trata de la silla que dejó vacante Eduardo Riggi, cuando también fue jubilado en febrero pasado, esta vez porque el Ejecutivo ni siquiera envió su pedido de prórroga al Senado. Esa vocalía estaba siendo ocupada por el juez Daniel Petrone. Pero el juez Javier Carbajo entiende que esas coberturas duran por seis meses.
La intención de Figueroa, luego de que el oficialismo en el Senado hiciera su jugada y aprobara su pliego para nombrarla por cinco años, sería la de volver a los tribunales, pero no a la Sala I, que integraba como vocal. Es que ahora está integrada por Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Carlos Mahiques. Según las fuentes del portal nacional, Figueroa iba a buscar ocupar la vocalía 9, que integra la Sala III.
Pero su retorno a la Casación va a judicializarse, porque el nombramiento no tiene efecto retroactivo y Figueroa perdió la investidura al cumplir 75 años el 9 de agosto pasado, sin contar con el acuerdo en el Senado para que continúe por 5 años más. De acuerdo con constitucionalistas consultados por Radio Up 95.5, el artículo 99 inciso 4 establece que el magistrado pierde todo derecho al cargo el día que alcanza la edad jubilatoria. Si es que antes, no consiguió el aval del Senado.