El Gobierno Nacional oficializó las modificaciones al decreto reglamentario de la Ley de Tránsito con el objetivo de agilizar trámites, reducir costos y eliminar procesos burocráticos. La medida, publicada en el Decreto 196/2025, busca modernizar una normativa vigente desde hace casi 30 años y fue elaborada en conjunto por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.
Entre los cambios destacados, se encuentra la digitalización de la Licencia Nacional de Conducir, que será válida en todo el país. Para su renovación, los conductores deberán presentar un certificado de aptitud psicofísica de manera online con una vigencia de cinco años para menores de 65 años, tres años para mayores de 65 y anualmente para quienes superen los 70.
Además, aquellos con anteclicencedentes de infracciones graves deberán rendir nuevamente el examen teórico y práctico. Los conductores principiantes continuarán utilizando un identificador durante sus primeros seis meses y, si cometen faltas graves dentro de los dos primeros años, se les suspenderá la licencia.
Por otro lado, se elimina la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), permitiendo que las licencias profesionales de las clases C, D y E sean válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
En cuanto a la revisión técnica vehicular, se amplía a cinco años el plazo para la primera revisión de vehículos 0km de uso particular. Para los usados de hasta 10 años, la revisión tendrá una vigencia de dos años, mientras que los de más de 10 años deberán renovarla anualmente.
Otro aspecto clave de la reforma es la implementación progresiva de peajes sin barreras en todas las rutas nacionales. La Dirección Nacional de Vialidad deberá garantizar que, para junio de 2027, el sistema de cobro free flow esté completamente operativo en el país.
La normativa también incorpora por primera vez la definición de “vehículo autónomo” y establece requisitos específicos según los diferentes niveles de automatización.
Finalmente, en una decisión que busca reducir costos y tiempos de tramitación, los trailers y casas rodantes de categoría O1 podrán ser transportados por cualquier vehículo con un único Certificado de Seguridad Vehicular (CSV), eliminando la necesidad de registrar cada vehículo por separado.
Con estas modificaciones, el Gobierno apunta a un sistema más ágil, digitalizado y con menor carga burocrática para conductores y transportistas en todo el país.
La información fue confirmada por Federico Sturzenegger, desde el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.